Abogados en Badiraguato
A partir de su fundación en 1976, nuestro despacho otorga asistencia legal de calidad a sus clientes, comprometiéndose con ofrecer servicios legales personalizados, con una trayectoria de calidad, inspirada en los más altos valores éticos y de servicio, garantizando la confianza depositada por los clientes.
Nuestra firma posee Abogados con una vasta trayectoria y una buena reputación en sus más importantes áreas jurídicas, que incorporan la asesoría, patrocinio y representación, de Empresas, como de individuos y entidades de gobierno, en las especializaciones del Derecho Civil, Mercantil, de Seguros y Fianzas, Fiscal, Corporativo, Resolución Alternativa de Conflictos y de Amparo.
Fundamentos inspiradores generales
Los fundamentos inspiradores generales de nuestra actuación serán:
- La lealtad al cliente.
- La independencia de juicio.
- La dignidad e integridad profesional.
- El mantenimiento del secreto profesional.
- La prevalencia de la verdad.
- La competencia leal entre abogados.
- El respeto a las normas sobre incompatibilidades y el rechazo al intrusismo.
- Unos honorarios justos y proporcionados a la labor realizada e importancia del caso.
- La flexibilidad, compromiso y total autonomía de cada una de nuestras oficinas.
- Promover la libre contribución y asociación laboral, imagen común y prestigio.
- Respeto a las normativas éticas de la profesión de abogado.
- La independencia económica en su actuación y de prestación de servicios de cada oficina.
La complejidad en la demanda de servicios en nuestras sociedades, hace provechosa la cooperación con diferentes profesionales, nuestro equipo de abogados impulsará esta manera de trabajo en base a la interprofesionalidad y el trabajo grupal, lo que redundará en una labor más completa a nuestros clientes. En el caso de que en un litigio o negociación la defensa de las partes recaiga en dos de nuestras oficinas, se informará a tiempo de tal hecho a los clientes, para que tomen una decisión al respecto, para conservar los intereses de nuestros clientes.
El divorcio express con nosotros es:
- Sencillo.
- Rápido.
- Económico.
- Garantizado.
- Sin peleas entre las partes.
- Asesoría Jurídica personalizada.
- Abogados Expertos.
Para entender apropiadamente el divorcio, se debe definir también el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, considerada como legítima por la sociedad, que consiste en la unión de 2 personas para establecer una comunidad de vida. El divorcio define romper este vínculo. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo. El divorcio en la República Mexicana requiere ser revisado por las leyes de cada estado. Por eso existe un proceso más rápido: Divorcio Express.
Pensión Alimenticia
A causa de los vínculos familiares que se van formando entre las personas, van apareciendo diversos derechos y obligaciones. Entre éstas últimas se cuenta la obligación de proporcionar alimentos, y que se refiere a todos los artículos materiales que necesita una persona para vivir y que consideran lo siguiente: comida, vestuario, casa, protección en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.
¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?
Los esposos, concubinos, los hijos y progenitores (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho a percibir alimentos, pero además el deber de proporcionarlos. O sea, los progenitores tienen que dar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, tienen que darlos a los progenitores. Por esto se dice que consiste en una obligación recíproca.
Y es bien importante considerar que cuando uno no puede proporcionar alimentos, se puede solicitar a los demás responsables a otorgarlos. Por ejemplo, si un padre o una madre no pueden entregar pensión de alimentos a sus hijos, el deber recae en los padres de éste y cuando un hijo no puede dar pensión alimenticia a sus progenitores, la obligación recae sobre los nietos. la cifra en pensión alimenticia que se proporciona se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la capacidad de aquel que los brinda. Por ello cada uno de los casos es determinado específicamente tomando como base estos factores. Si el obligado de proporcionar pensión alimenticia no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de demandarle que cumpla a través de la intromisión de un juez de lo civil o de lo familiar.
¿Cuándo termina este derecho?
El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las causas que dan fin a la obligación de proporcionar alimentos. Unas de ellas cesan el deber temporalmente y otras de manera definitiva. Estas causas son:
- Cuando quien cuenta con la obligación de dar alimentos no dispone de recursos para darlos. Sin embargo, en el momento en que cuenta con los medios, tendrá que continuar cumpliendo su deber.
- Si el deudor deja de necesitar los alimentos. En el caso de los hijos no necesariamente ocurre esto con la mayoría de edad, sino hasta que cuentan con una profesión u oficio adecuados. En el caso de los cónyuges y concubinos, se aplican distintas medidas según las legislaciones de cada estado.
- En caso de injuria, falta o daño grave inferidos por el que recibe los alimentos en contra de quien se los entrega. El juez resolverá si la falta se estima grave o no.
- Cada vez que la necesidad de alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
- Cuando el que recibe alimentos, sin consentimiento de quien tiene que entregar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables.
En cualquiera de este tipo de causas es el juez aquel que tiene que determinar si se extingue el deber de proporcionar los alimentos, por esto no se trata de una decisión unilateral tomada por quien debe otorgar los alimentos. La obligación de otorgar alimentos es imprescriptible, o sea, que se puede hacer exigible en todo momento. Sin embargo, sí prescriben las pensiones de alimentos que no se solicitaron cuando correspondia. Por ejemplo, un hijo tiene la posibilidad de solicitar a su progenitor la pensión alimenticia a los 14 años y el padre tiene el deber de dárselos. Sin embargo no podrá demandarlo para que cubra lo que no le dió los años anteriores.
Finalmente, la pensión de alimentos se podrá asegurar mediante hipoteca, prenda o depósito de una cantidad suficiente con el propósito de que haya continuidad en la entrega de los alimentos. Si te hayas en un caso que impliquen pensiones de alimentos y no sabes cómo hacerlas exigibles o tienen dudas al respecto, contáctanos para que te ayudemos a solucionar tu imprevisto.
Derecho Corporativo
Al hablar de derecho corporativo se tiene que pensar en empresas, sociedades, en personas, sean del tamaño que estas sean, lo importante acá es que la cualidad de esta área de nuestros servicios es que se enfoca en quien pretende formar un negocio licito sin importar cual sea este. Respecto a sociedades, ¿Sabe usted cuál es la más conveniente? Contáctenos, aquí se lo informamos.
¿Sabe por qué es importante el crear una sociedad? Ya que si escoge la sociedad apropiada y hace las cosas conforme a derecho, su patrimonio personal no se podrá ver mezclado con el de su sociedad, esto significa que lo protege contra terceros. Por esto lo primero que tiene que hacer al pensar en iniciar un negocio es evaluar si vale la pena el mismo como para producir y formar una Sociedad, así sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por ello comuníquese con nosotros para una adecuada asesoría.
Si ya tiene una Sociedad hecha o está por formar una sociedad mexicana ¿sabe que es lo que tiene que hacer? ¿Sabía que si tiene capital extranjero en esta sociedad, está obligado por ley a darle de alta ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las repercusiones de no hacerlo frente a este registro? Contáctanos para que lo podamos ayudar como corresponde, en donde sea que esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no cambia, la ley se aplica de igual forma.
Del mismo modo le orientamos en la elaboración de actas de asamblea de la sociedad, donde podrá revisar entre otras cosas:
- Aprobación de ejercicios sociales anuales.
- Aumento o disminución de capital.
- Rendición de Cuentas.
- Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
- Elaboración de títulos de acciones.
- Convenios entre accionistas, los cuales regularizan la participación y el acuerdo entre socios.
- Verificamos el cumplimiento de cada cliente con las regulaciones y normas establecidas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en materia de inscripciones y demás procedimientos que deben llevarse a cabo ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
- Convenios de Confidencialidad.
Atendemos casos en México. Presupuesto gratis. Tenga en cuenta que no tiene nada que perder y bastante que ganar.
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