Abogados en Chapala

Nuestro bufete nace de la unión de abogados con una larga experiencia en la práctica de su profesión. El grado de complejidad que ha alcanzado hoy la vida de los negocios exige, por un lado, una gran especialización de los profesionales y colaboración entre ellos, por otra. El área del derecho no es una excepción. Sin la unión de conocimientos y trayectoria de letrados expertos en los diferentes campos es muy complicado ofrecer al cliente el servicio integral y satisfactorio que requieren los nuevos tiempos.

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Principios inspiradores generales

Los principios inspiradores generales de nuestra actuación han de ser:

  1. La lealtad con el cliente.
  2. La independencia de juicio.
  3. La dignidad e integridad profesional.
  4. La conservación del secreto profesional.
  5. La prevalencia de la verdad.
  6. La competencia leal entre abogados.
  7. El respeto a las normativas sobre incompatibilidades y el rechazo al intrusismo.
  8. Unos honorarios justos y proporcionados al trabajo realizado e importancia del caso.
  9. La flexibilidad, compromiso y total autonomía de cada uno de nuestros despachos.
  10. Promover la libre contribución y alianza profesional, imagen común y buen nombre.
  11. Respeto a las normativas éticas de la profesión de abogado.
  12. La independencia económica en su actuación y de prestación de servicios de cada despacho.

La complejidad en la necesidad de servicios en nuestras comunidades, hace inevitable y provechosa la colaboración con diferentes profesionales, nuestro equipo de abogados impulsará esta manera de trabajo basada en la interprofesionalidad y el trabajo conjunto, lo que significará una labor más completa a nuestros clientes. En el caso de que en un juicio o negociación la defensa de las partes sea tomada por dos despachos nuestros, se informará a la brevedad de tal incidencia a los clientes, para que decidan al respecto, con el propósito de preservar en todo momento la independencia de intereses de nuestros clientes.

El derecho laboral se originó con el propósito de respaldar y proteger a la clase trabajadora, ya que se considera la parte vulnerable de la correlación empleado-empleador. Es por esto que la legislación laboral en su afán de lograr un equilibrio le ha fijado a la parte empleadora un gran número de deberes, entre los que están el de llevar, mantener y presentar en juicio varios documentos, poniendo en una situación vulnerable al patrón que es demandado por un trabajador y que por confianza, poco interés o desconocimiento no posee los documentos correspondientes. ¿Sabe usted los documentos que como Patron tiene que llevar?

Los documentos que todo patrón debe llevar, y al decir todo significa que esto independiente del tamaño de la empresa, porque la Ley Federal del Trabajo no realiza distinción alguna al minuto de fijar este deber ; son los siguientes:

  • Contrato de trabajo (individual o colectivo): le será útil para comprobar específicamente la fecha de ingreso del trabajador y las condiciones laborales.
  • Listas de nómina o comprobantes de pago de sueldo: serán de gran utilidad al demostrar el salario del empleado y que estos le fueron pagados.
  • Listas de asistencia: ayudarán a demostrar las inasistencias y los días trabajados.
  • Control de horas de entrada y salida: Es conveniente que en la hoja de asistencia se fijen las horas en la que inicia y en la que culmina la jornada laboral, con el propósito de ser capaz de demostrar la duración de la jornada de trabajo.
  • Comprobantes de pago vacaciones y prima vacacional: Los cuales ayudarán a demostrar que siempre le fueron pagadas sus vacaciones y su respectiva prima.
  • Comprobantes de disfrute de vacaciones: Es conveniente mantener un comprobante para acreditar que el trabajador disfrutó de su período de vacaciones.
  • Comprobantes de pago de aguinaldo: Los que serán útiles para demostrar que el mismo le fue entregado.

La pregunta obligada basada en lo recién mencionado es ¿Qué pasa si tengo uno o varios trabajadores y no tengo esos documentos? La respuesta es simple, por mandato de la ley (protectora del sector obrero ) la autoridad supone que todo lo que manifieste el empleado en su demanda es cierto, salvo prueba en contrario. Si usted no dispone de esta información, es hora de que nos contacte y lo ayudamos a solucionar estas situaciones de la manera mas amigable posible.
Orientamos y ayudamos a las empresas para elaborar finiquitos de trabajadores, hacemos el cálculo de la cantidad que corresponde al trabajador ya sea por renuncia voluntaria o por despido, los que contienen tanto los derechos alcanzados del tiempo que duró el vínculo empleado-empleador, como también las indemnizaciones. Del mismo modo, con la finalidad de entregarle mayor seguridad a la empresa, incentivamos a que el finiquito se lleve a cabo en la Junta de Conciliación y Arbitraje. También asesoramos a las empresas ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde se les guía para llegar al mejor arreglo con el trabajador, para así no entrar a un juicio laboral.

Entre nuestros servicios también proporcionamos la representación del empleador, cuando ya han sido demandados frente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean Federales o Locales. En la audiencia trifásica de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas se brindan varias medidas de las cuales destacan:

  1. Mediar con el trabajador con el propósito de lograr un arreglo satisfactorio.
  2. Contestar la demanda punto por punto, ofreciendo excepciones tendientes a combatir la acción del trabajador.
  3. Ofrecer todo tipo de pruebas.
  4. Exponer incidentes como el de competencia o el de acumulación.
  5. Desahogar las pruebas entregadas, compareciendo a las distintas audiencias en las cuales se lleve a cabo.
  6. Elaboración de alegatos.
  7. Interposición de Juicios de Amparo directos o indirectos, en contra de las Resoluciones Interlocutorias y Laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  8. Asesoría en Defensa del Trabajador.

Estamos para ayudarlo. Envienos su caso y con placer lo atenderemos.




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