Abogados en El Mante
Resolvemos todo tipo de litigio desde el primer escrito de demanda hasta la ejecución de sentencia, conduciendo los juicios en tribunales estatales y federales, nuestros profesionales también litigan asuntos administrativos en materia estatal y federal. Por todo esto nuestro grupo utiliza sobresalientes técnicas que sin lugar a dudas nos llevan al resultado buscado. Nuestros abogados son constantemente llamados a representar a clientes en conflictos de tipo local, nacional e internacional de gran dificultad. En cada uno de los casos, nuestro objetivo sigue siendo el mismo: Con el fin de conseguir el mejor resultado para los clientes usando una representación agresiva, con trayectoria y ética profesional.
Fundamentos inspiradores generales
Los principios inspiradores generales de nuestra actuación serán:
- La lealtad al cliente.
- La independencia de juicio.
- La dignidad e integridad profesional.
- El mantenimiento del secreto profesional.
- La prevalencia de la verdad.
- La competencia leal entre abogados.
- El respeto a las normas sobre incompatibilidades y el rechazo al intrusismo.
- honorarios justos y proporcionados a la labor realizada e importancia del asunto.
- La flexibilidad, compromiso y plena autonomía de cada una de nuestras oficinas.
- Promover la libre cooperación y asociación profesional, imagen común y prestigio.
- Respeto a las normativas éticas de la profesión de abogado.
- La independencia económica en su actuación y de prestación de servicios de cada oficina.
El divorcio express es:
- Fácil.
- Expedito.
- Económico.
- Garantizado.
- Sin peleas entre las partes.
- Asesoría Legal personalizada.
- Abogados Expertos.
Para comprender de la mejor forma el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define el matrimonio como una institución social, considerada como legítima por la comunidad, que consiste en la unión de dos personas para fijar una comunidad de vida. El divorcio significa terminar esta unión. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo.
Pensión De alimentos
A causa de los vínculos de tipo familiar que se van formando entre las personas, van surgiendo distintos derechos y deberes. Entre éstos se cuenta el deber de proporcionar alimentos, y que se refiere a todos los elementos materiales que requiere una persona para vivir y que incluyen: comida, vestuario, casa, protección en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.
¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?
Los esposos, los concubinos, los hijos (descendientes) y padres (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado cuentan con el derecho de recibir una pensión por alimentos, pero también la obligación de proporcionarlos. Es decir, los progenitores deben dar alimentos a sus hijos y cuando estos crecen, deben darlos a los progenitores. Por esto se dice que consiste en una obligación mutua.
Y es bien importante considerar que si uno no puede dar alimentos, es posible pedir a los demás responsables a otorgarlos. Por ejemplo, cada vez que un padre o una madre no tienen la posibilidad de dar pensión de alimentos a sus hijos, el deber recae en los padres de éste y si un hijo no tiene la posibilidad de dar alimentos a sus progenitores, la obligación recae sobre los nietos. la cifra de alimentos que se proporciona se basa en la necesidad de aquel que los recibe y de la situación de aquel que los otorga. Por esto cada caso es establecido específicamente tomando como base estos elementos. Si el obligado de contribuir con alimentos no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de reclamarle que cumpla a través de la intromisión de un juez.
¿En qué momento termina este derecho?
El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las razones que dan fin al deber de otorgar pensión alimenticia. Unas de ellas finalizan el deber por un período de tiempo y otras de manera definitiva. Estas causas son:
- Si quien tiene el deber de dar alimentos no tiene medios para darlos. No obstante, en el momento en que posee los medios, tendrá que continuar cumpliendo su obligación.
- Si el deudor deja de requerir los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente sucede esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que cuentan con una ocupación u oficio adecuados. En el caso de los cónyuges y concubinos, se ponen en práctica distintas reglas de acuerdo a las legislaciones de cada estado.
- En caso de injuria, falta o daño graves inflingidos por quien obtiene los alimentos contra quien se los entrega. El juez determinará si la falta se considera grave o no.
- Cada vez que la necesidad de alimentos dependa de la conducta viciosa o de la poca aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
- Cuando el que obtiene alimentos, sin aprobación del que tiene que entregar los alimentos, deja la casa de éste por razones injustificables.
Derecho Corporativo
Al hablar de derecho corporativo se debe pensar en empresas, sociedades, en personas, sean del tamaño que estas sean, lo relevante aquí es que la cualidad de esta materia de nuestros servicios es que se enfoca en quien desea formar un negocio licito sin importar cual sea este. Respecto a sociedades, ¿Sabe cuál es la más conveniente? Acérquese a nosotros, aquí se lo informamos.
¿Sabe por qué es importante el crear una sociedad? Porque si escoge la sociedad apropiada y se rige según las leyes, su patrimonio personal no se podrá ver mezclado con el de su sociedad, o sea que lo protege contra terceros. Por esto lo primero que se tiene que hacer al considerar poner un negocio es analizar si vale la pena el mismo como para crear una Sociedad, ya sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por ello comuníquese con nosotros para una apropiada asistencia.
Si ya cuenta con una Sociedad creada o va a formar una sociedad mexicana ¿sabe que es lo que debe hacer? ¿Sabía que si cuenta con capital extranjero en esta sociedad, está obligado por ley a darle de alta ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las consecuencias de no darle de alta ante este registro? Contáctanos para que lo podamos ayudar como corresponde, en donde sea que esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no varía, la ley se aplica de igual forma.
Así mismo le asesoramos en la elaboración de actas de asamblea de la sociedad, donde podrá ver por ejemplo:
- Aprobación de ejercicios sociales anuales.
- Incremento o disminución de capital.
- Rendición de Cuentas.
- Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
- Creación de títulos de acciones.
- Convenios entre accionistas, los cuales regulan la participación y el acuerdo entre socios.
- Verificamos el cumplimiento de cada cliente con las regulaciones y normativas establecidas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en cuanto a inscripciones y otros procesos que deben realizarse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
- Convenios de Confidencialidad.
Permita que nuestros profesionales lo orienten para hallar la forma de manejar sus dificultades. No pierda sus derechos por no contar con la asistencia adecuada.
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