Abogados en Esperanza
Somos un Bufete de Abogados que mezcla los diversos servicios de consultoría con el litigio, en las orientadas materias especializadas, otorgando de esta forma una ayuda legal integral, buscando la solución y prevención de los problemas de cada cliente, con el objetivo de colaborar a lograr los objetivos jurídicos y comerciales procedentes, buscando brindar asistencia individualizada a cada uno de ellos, con excelencia y la mayor confidencialidad posible. Nuestro Bufete incluye una extensa práctica en cada uno de los aspectos del litigio.
Trabajamos con los clientes en una vasta gama de operaciones de préstamos garantizados y no garantizados y otras operaciones de crédito, incluidos los acuerdos de participación. Poseemos una amplia trayectoria en tácticas de subvención originales y creativas, como las titulizaciones de activos. La firma de abogados, adicionalmente, se concentra en las ofertas de valores, la reestructuración de la deuda, y las salidas de préstamo con el trabajo. Además ayudamos a hacer frente a las compañias con imprevistos económicos del sistema con la aplicación de medidas correctivas y desarrollar e implementar planes de capital y la gestión. Asistimos a nuestros clientes en problemas de solvencia, la financiación de descuento de la Reserva Federal de ventanas, y el cumplimiento de las leyes que rigen la multitud y restringir las instituciones que están en situaciones complejas.
Hemos asesorado a instituciones de negocios, corporaciones y otros con respecto a los asuntos que aparecen una vez que una institución financiera se vuelve insolvente y se encuentra cerrado por los reguladores, y las cuestiones relacionadas con la función de la FDIC como síndico de los activos de la institución.
- Empleo y Trabajo.
- Compensación y Beneficios a los empleados de Planificación.
- Inmigración.
- Investigaciones internas.
- No Compite y Secretos de Representación Comercio de las organizaciones en las solicitudes de trabajo presentadas por extranjeros en México.
- Contratación, el empleo y la aprobación de la gestión de personal.
- La seguridad laboral, políticas de personal, y manuales de procesos.
- Diseño, creación, aplicación, administración, y la terminación de la prestación, el bienestar y los planes de jubilación.
- Preparación de trabajos personales y convenios colectivos.
- Litigios ante Juntas de Conciliación y Arbitraje y el Distrito, Tribunales de Circuito y Suprema.
- Planificación para la inversión de los fondos de los empleados.
- Proceso y las negociaciones con el Instituto Mexicano del Seguro Social y vivienda de los trabajadores las autoridades del Fondo.
El divorcio express con nosotros es:
- Sencillo.
- Expedito.
- Económico.
- Garantizado.
- Sin peleas entre las partes.
- Asistencia Legal personalizada.
- Abogados Especialistas.
Para entender de la mejor manera el divorcio, es necesario comprender además el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la sociedad, que consiste en la unión de 2 personas para crear una sociedad de vida. El divorcio significa romper esta unión. El INEGI publicó que en 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo.
¿Quiénes tienen derecho a recibirlos?
Los esposos, concubinos, los hijos (descendientes) y padres (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado tienen el derecho de percibir alimentos, pero también el deber de proporcionarlos. O sea, los progenitores tienen que otorgar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, tienen que darlos a los padres. Por esto se dice que se trata de una obligación mutua.
Y es fundamental considerar que si uno no puede dar alimentos, se puede exigir a los demás responsables a otorgarlos. Por ejemplo, cuando un padre o una madre no tienen la posibilidad de dar pensión alimenticia a sus hijos, el deber cae sobre los padres de éste y cuando un hijo no tiene la posibilidad de dar alimentos a sus padres, la obligación recae en los nietos. el monto en pensión alimenticia que se proporciona se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la capacidad de aquel que los entrega. Por esto cada uno de los casos es determinado específicamente tomando como base estos elementos. Si el obligado de otorgar pensión alimenticia no lo hace de forma voluntaria, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de exigirle que cumpla por medio de la intromisión de un juez de lo civil o de lo familiar.
¿En qué momento acaba este derecho?
El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las razones que dan fin a la obligación de otorgar pensión alimenticia. Algunas de ellas cesan el deber temporalmente y otras de manera definitiva. Estas razones son:
- Cada vez que quien posee el deber de otorgar alimentos no dispone de recursos para entregarlos. No obstante, en cuanto tiene los medios, tendrá que continuar cumpliendo su obligación.
- Cuando el deudor deja de requerir los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente sucede esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que tienen una ocupación u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se aplican distintas reglas de acuerdo a las legislaciones de cada estado.
- En caso de injuria, falta o daño grave inferidos por quien recibe los alimentos contra quien se los otorga. El juez resolverá si la falta se estima grave o no.
- Cada vez que la necesidad de los alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
- Cuando el que recibe alimentos, sin acuerdo del que tiene que entregar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables.
Orientamos y ayudamos a las empresas para elaborar finiquitos de sus trabajadores, calculamos la cifra que corresponde al trabajador ya sea por renuncia voluntaria o por liquidación, los que contienen tanto los derechos adquiridos del tiempo que duró la relación empleado-empleador, como también las indemnizaciones. De la misma manera, con la finalidad de entregarle mayor seguridad a la compañía, incentivamos a que el finiquito se lleve a cabo en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Además representamos a las empresas en las citas ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde se les asesora para llegar al mejor arreglo con el trabajador, para así no comenzar un juicio laboral.
Entre nuestros servicios también ofrecemos la representación del empleador, cuando ya se ha presentado una demanda en su contra frente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean Federales o Locales. En la audiencia trifásica de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas se ofrecen diferentes acciones de las que destacan:
- Mediar con el trabajador para llegar a un arreglo satisfactorio.
- Responder la demanda punto por punto, presentando excepciones que conduzcan a impugnar la acción del trabajador.
- Ofrecer todo tipo de pruebas.
- Plantear incidentes como el de competencia o el de acumulación.
- Desahogar las pruebas entregadas, compareciendo a las diversas audiencias en las cuales se lleve a cabo.
- Elaboración de alegatos.
- Presentación de Juicios de Amparo directos o indirectos, contra las Resoluciones Interlocutorias y Laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
- Asesoría en Defensa del Trabajador.
Estamos para ayudarlo. Escriba su caso y con placer lo atenderemos.
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