Abogados en Hidalgotitlán

Somos el equipo de abogados con mayor experiencia en atención completa a empresas e individuos, especialistas en asistencias en derecho civil, contractual, derecho cambiario. Nuestro corporativo se caracteriza por un buen manejo del juicio y la atención rigurosamente personalizada a cada cliente. Nuestros abogados tienen la capacidad para solucionar cualquier problema legal que haya, brindandole la seguridad de que los servicios jurídicos que brindamos son realizados por un equipo de profesionales en la materia. En un mundo globalizado con un tejido normativo, a veces, tan prolijo y complejo para el ciudadano y el empresario, concebimos la práctica de nuestra ocupación como un servicio fundado en la ética y en el alto nivel de nuestros despachos, que transciende las fronteras del país.

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La relevancia de tener a un buen abogado

Nuestro equipo corporativo te ofrece las siguientes recomendaciones a la hora de contratar a un abogado:

  • Verifique que sea un abogado Publico Titulado, pida su cedula profesional.
  • Solicite referencias o cartas de recomendación de éste.
  • De preferencia que busque a una persona de su confianza quien se lo recomienda y que tenga trayectoria en el manejo de otros extranjeros.
  • Los aspectos contables y reglas de contabilidad y pagos de impuestos son complejos, por lo que servirá de mucho que el abogado que consiga sea una persona que hable su mismo idioma, esto le dará mucho mas simple comprensión de los números del negocio que le plantean y las alternativas y medios de pago aplicables.
  • Deje registro de las preguntas que le haga y sus fundamentos de cuando o por qué procede o no procede la recomendación que en materia contable le está dando.
  • La actualización y preparación profesional es una constante para hacer una apropiada labor profesional, las disposiciones contables cambian dia con dia y año con año, por lo que es relevante tener conocimiento de si su abogado mantiene esta actualización constante.

El divorcio express es:

  • Sencillo.
  • Rápido.
  • Económico.
  • Garantizado.
  • Sin peleas.
  • Asistencia Legal personalizada.
  • Abogados Especializados.

Para comprender correctamente el divorcio, hay que comprender además el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la comunidad, que significa la unión de 2 personas para crear una comunidad de vida. El divorcio significa romper este vínculo. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra va en aumento con el tiempo.

¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?

Los esposos, concubinos, los hijos y progenitores (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho a recibir una pensión por alimentos, pero además el deber de proporcionarlos. Es decir, los padres deben dar alimentos a sus hijos y cuando estos crecen, tienen que darlos a los padres. Por esto se habla de una obligación recíproca.

Y es bien importante considerar que si uno no puede dar alimentos, se puede exigir a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, cuando un padre o una madre no pueden dar pensión de alimentos a sus hijos, el deber cae sobre los padres de éste y si un hijo no puede dar alimentos a sus progenitores, la obligación recae en los nietos. el monto de alimentos que se otorga depende de la necesidad de quien los obtiene y de la capacidad de aquel que los brinda. Por esto cada uno de los casos es establecido específicamente según estos factores. Si el obligado de contribuir con pensión alimenticia no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de reclamarle que cumpla mediante la intervención de un juez de lo civil o de lo familiar.

¿Cuándo acaba este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal establece las causas que dan término a la obligación de otorgar pensión alimenticia. Algunas de éstas cesan la obligación por un período de tiempo y otras de forma definitiva. Estas razones son:

  1. Si quien cuenta con la obligación de dar alimentos no dispone de medios para darlos. En todo caso, en cuanto tiene los recursos, tendrá que seguir cumpliendo su deber.
  2. Cuando el deudor deja de requerir los alimentos. En el caso de los hijos no siempre ocurre esto con la mayoría de edad, sino hasta que poseen una profesión u oficio adecuados. En el caso de los cónyuges y concubinos, se aplican diversas medidas según las legislaciones de cada estado.
  3. En caso de injuria, falta o daño graves inflingidos por el que recibe los alimentos en contra de quien se los otorga. El juez resolverá si la falta se estima grave o no.
  4. Cada vez que la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o de la poca aplicación al trabajo de quien obtiene los alimentos.
  5. Cuando el que obtiene alimentos, sin consentimiento de quien tiene que entregar los alimentos, abandona la casa de éste por razones injustificables.

Asesoramos y ayudamos a las empresas para elaborar finiquitos de sus trabajadores, calculamos la cantidad que le corresponde al trabajador ya por renuncia voluntaria o por liquidación, los que abarcan tanto los derechos obtenidos del tiempo que se mantuvo la relación empleado-empleador, como las indemnizaciones. De la misma manera, con el propósito de darle más seguridad a la empresa, incentivamos a que el finiquito se realice en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Además asesoramos a las empresas en las citas ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, lugar en que se les guía para lograr el mejor arreglo con el trabajador, para así no entrar a un juicio laboral.

Entre nuestros servicios además proporcionamos la representación del empleador, sea persona moral o persona física, una vez que ya han sido demandados ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean Federales o Locales. En la audiencia trifásica de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas se ofrecen varias medidas de las cuales destacan:

  • Mediar con el trabajador con el propósito de llegar a un acuerdo satisfactorio.
  • Responder la demanda punto por punto, ofreciendo excepciones tendientes a combatir la acción del trabajador.
  • Entregar pruebas como son la documental, la testimonial, la confesional, la pericial, entre otras.
  • Plantear incidentes como el de competencia o el de acumulación.
  • Desahogar las pruebas entregadas, compareciendo a las diversas audiencias en las cuales se lleve a cabo.
  • Realización de alegatos.
  • Interposición de Juicios de Amparo directos o indirectos, contra las Resoluciones Interlocutorias y Laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  • Asesoría en Defensa del Trabajador.

Estamos para ayudarle. Escriba su caso y con gusto lo atenderemos.




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