Abogados en Hueytlalpan
Nuestra firma está compuesta por un equipo de profesionales del derecho titulados de distintas instituciones educacionales del país, que hemos coincidido en la actitud de ofrecer servicios profesionales bajo la premisa de ser solidarios con nuestros clientes, sentir y atender su negocio como propio y formarles la convicción de que somos leales aliados en la búsqueda de sus objetivos. Coincidimos además en que quienes se acercan a pedir nuestra asesoría profesional no desean precisamente un juicio sino el logro de sus objetivos, por lo que nuestro desempeño profesional se orienta a encontrar las vías de pronta solución cada vez que existe la posibilidad de ello. Entendemos que a veces el juicio es inevitable y en esos casos procedemos con determinación y firmeza a encontrar en las condenas de los tribunales la solución acorde a las pretensiones de nuestros clientes. Tenemos una política de honestidad total desde el primer contacto y hasta el cierre de cada negocio. Esto significa la explicación detallada de la estrategia a utilizar y los gastos del servicio sin condiciones ocultas ni cambios sorpresivos en los compromisos que adoptamos con nuestros clientes.
Registro de Marcas
El alto nivel del asesoramiento se mide mejor por el éxito de nuestros clientes Estamos orgullosos de la relación con cada uno de ellos, y que la asociación no es una coincidencia. Asesoramos y representamos a los anunciantes, la publicidad, marketing directo, y las instituciones de promoción de ventas, diseñadores, ilustradores, fotógrafos, y otras compañías de servicios creativos de todos los tamaños a lo largo del país. Entre los servicios que realizan estos clientes se encuentran:
- Publicidad cumplimiento de copia.
- Sorteo de cumplimiento y las normativas oficiales.
- Agencia / Acuerdos cliente.
- Talento y contratos de celebridades.
- Privacidad y las cuestiones de derechos de publicidad.
- competitivo controversias y litigios de publicidad.
- Televisión despacho de la red.
- Aviso legal y asesoramiento revelaciones.
- Confidencialidad y acuerdos de no divulgación.
- Los acuerdos de exención de responsabilidad y la indemnización.
- Etiquetado de productos y garantías.
- SAG / cuestiones AFTRA.
- Errores y omisiones de revisión de seguros.
- El cliente seminarios.
- Marcas y Derechos de Autor.
El divorcio express con nosotros es:
- Sencillo.
- Expedito.
- Económico.
- Garantizado.
- Sin peleas.
- Asistencia Legal personalizada.
- Abogados Especialistas.
Para comprender correctamente el divorcio, se debe definir además el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, considerada como legítima por la comunidad, que se trata de la unión de dos personas para fijar una comunidad de vida. El divorcio define romper esta unión. El INEGI publicó que en 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo.
¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?
Los esposos, los concubinos, los hijos (descendientes) y padres y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado cuentan con el derecho a recibir una pensión por alimentos, pero también el deber de proporcionarlos. O sea, los padres tienen que dar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, tienen que darlos a los padres. Por ello se habla de una obligación recíproca.
Y es importante tomar en cuenta que si uno no puede proporcionar alimentos, se puede solicitar a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, cada vez que un padre o una madre no pueden dar pensión alimenticia a sus hijos, el deber cae sobre los padres de él o de ella y si un hijo no puede dar alimentos a sus progenitores, el deber recae sobre los nietos. Ahora bien, la cifra en pensión alimenticia que se otorga se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la capacidad de quien los entrega. Por esto cada uno de los casos es establecido particularmente tomando como base estos factores. Si el obligado de proporcionar alimentos no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios pueden exigirle que cumpla por medio de la intervención de un juez.
¿Cuándo termina este derecho?
El artículo 320 del Código Civil Federal establece las causas que dan fin al deber de otorgar alimentos. Unas de ellas finalizan la obligación por un período de tiempo y otras de forma definitiva. Estas razones son:
- Cuando quien posee la obligación de brindar alimentos no dispone de medios para darlos. Sin embargo, en el momento en que posee los medios, deberá continuar cumpliendo su obligación.
- Si el deudor deja de necesitar los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente sucede esto con la mayoría de edad, sino hasta que cuentan con una ocupación u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se aplican distintas reglas según las legislaciones de cada uno de los estado.
- En caso de injuria, falta o daño grave inflingidos por el que recibe los alimentos contra quien se los brinda. El juez resolverá si la falta se estima grave o no.
- Cada vez que la necesidad de los alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien obtiene los alimentos.
- Cuando el que obtiene alimentos, sin consentimiento del que tiene que entregar los alimentos, deja la casa de éste por causas injustificables.
En cualquiera de este tipo de razones es el juez el que tiene que señalar si se termina la obligación de proporcionar los alimentos, así que no se trata de una decisión unilateral tomada por el que debe dar los alimentos. La obligación de dar alimentos es imprescriptible, es decir, que es posible hacerla exigible en cualquier momento. No obstante, sí prescriben las pensiones alimenticias que no se solicitaron en su momento. Como ejemplo, un hijo puede solicitar a su padre la pensión de alimentos a los 16 años y el padre tiene la obligación de dárselos. Sin embargo no puede demandarlo para que cubra lo que no le dió los años anteriores.
Finalmente, la pensión alimenticia se podrá garantizar mediante hipoteca, prenda o depósito de una cantidad suficiente con la finalidad de que haya continuidad en la ministración de los alimentos. Si te encuentras en un caso que impliquen pensiones de alimentos y no sabes cómo exigirlas o tienen dudas al respecto, contáctanos para que te ayudemos a solucionar tu imprevisto.
Auditorias Laborales
Le asistimos y realizamos una auditoría laboral en su empresa, con la cual analizamos y revisamos la situación obrero-laboral con sus empleados, como también sus posibles riesgos, lo cual le ayuda a reducir la disminución de su patrimonio por una demanda laboral. A través de esta auditoría se estudian de forma detallada los distintos documentos e información que haya de los empleados con el fin de proporcionar un informe sobre la situación real de la empresa en relación al cumplimiento de los deberes obrero-patronales y de Seguridad Social que le establece la Legislación Mexicana. Aparte, le instruimos acerca de las acciones y sistemas que tendrá que asumir la empresa para apegarse a los deberes que se encuentran a su cargo. Dichas recomendaciones podrán referirse a la elaboración o modificación de los siguientes documentos:
- Contratos individuales o colectivos de trabajo.
- Listas de asistencia.
- Controles de entradas y salidas (horario de trabajo ).
- Recibos de nómina, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo.
Resolvemos casos en todo México. Presupuesto gratis. Recuerde que no tiene nada que desperdiciar y mucho que ganar.
Califica este Artículo:
Deja un comentario