Abogados en Huixtla

Desde su fundación en 1976, nuestro bufete brinda consultoría legal de calidad a sus clientes, comprometiéndose con la prestación de servicios legales personalizados, con una tradición de calidad, fundada en los más altos valores éticos y de servicio, asegurando la confianza depositada por los clientes.

Nuestra firma cuenta con Abogados con una vasta experiencia y una buena reputación en sus más importantes materias legales, que incluyen la asistencia, patrocinio y representación, de Empresas, como también de individuos y organizaciones gubernamentales, en las especialidades del Derecho Civil, de Seguros y Fianzas, Corporativo, Resolución Alternativa de Controversias y de Amparo.

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Nuestros profesionales acaparan lo referente a Empresas, ello para atender las diversas necesidades de nuestros clientes de servicios financieros, nuestros abogados tienen conocimientos y trayectoria en fusiones y adquisiciones, financiamiento, ejecución y asuntos reglamentarios, seguros, impuestos, planificación corporativa, bienes, bienes inmuebles, la quiebra, derecho del trabajo, defensa de la competencia, y litigios. Al ayudar a los clientes en numerosas transacciones, poseemos un conocimiento avanzado de las técnicas y los temas vinculados a las fusiones y adquisiciones, entre ellos los asuntos reglamentarios y fiscales. Hemos tratado con clientes de la organización de distintas organizaciones y de fletamento, completando las conversiones, la creación de las sociedades financieras de cartera y a las sociedades de ahorro y bancarios, y el establecimiento de sucursales. Adicionalmente, hemos ayudado a iniciar y expandir los seguros, agente / distribuidor, la confianza, y diversas labores no bancarias. Tenemos trayectoria en asesorar a clientes acerca de qué metodología usar para aplicar una expansión (por ejemplo, una sociedad financiera, banco comercial, la filial financiera, o algún otro.), negociación y redacción de documentos, y la preparación de solicitudes de aprobación.
El derecho laboral se originó con el propósito de respaldar y cuidar a los trabajadores, porque es considerada la parte frágil de la correlación empleado-empleador. Es por esto que la legislación laboral en su afán de lograr un balance le ha fijado a la parte patrona una gran cantidad de deberes, entre los que están el de llevar, mantener y presentar en juicio una serie de documentos, poniendo en una situación vulnerable al empleador que es demandado por un trabajador y que por confianza, poco interés o desconocimiento no presenta los documentos correspondientes. ¿Sabe cuales son los documentos que como Patron debe presentar?

Los documentos que todo empleador debe llevar, y con «todo» significa que no importa el tamaño de la empresa ni el número de trabajadores que tiene, ya que la Ley Federal del Trabajo no realiza distinción al minuto de poner este deber ; son los siguientes:

  • Contrato de trabajo (individual o colectivo): Este le servirá para acreditar específicamente la fecha de inicio de contrato del trabajador y las condiciones de trabajo.
  • Listas de nómina o comprobantes de pago de sueldo: Estos serán de gran utilidad al demostrar el sueldo del trabajador y que estos le fueron pagados.
  • Listas de asistencia: Las que servirán para demostrar las inasistencias y los días que laboraba el trabajador.
  • Control de horas de entrada y salida: Es recomendable que en la hoja de asistencia se fijen las horas en la que comienza y en la que termina la jornada laboral, con la finalidad de poder demostrar de cuantas horas consta la jornada de trabajo.
  • Comprobantes de pago vacaciones y prima vacacional: ayudarán a acreditar que le fueron pagadas sus vacaciones y su respectiva prima.
  • Comprobantes de disfrute de vacaciones: Es conveniente mantener un comprobante para demostrar que el trabajador disfrutó de su tiempo de vacaciones.
  • Comprobantes de pago de aguinaldo: Los cuales serán útiles para demostrar que el mismo le fue pagado.

La pregunta obligada derivada de lo recién mencionado es ¿Qué ocurre si tengo uno o más trabajadores y no cuento con esos documentos? La respuesta es simple, por mandato de la ley (protectora del sector obrero ) la autoridad presume que lo que exprese el trabajador en su demanda es cierto, a menos que se pruebe lo contrario. Si usted no dispone de esta información, es momento de que nos contacte y le ayudamos a corregir estas situaciones de la manera mas amigable posible.
Orientamos y apoyamos a las empresas para crear finiquitos de sus trabajadores, hacemos el cálculo de la suma que le corresponde al trabajador ya sea por renuncia voluntaria o por liquidación, los cuales abarcan tanto los derechos adquiridos del tiempo que se mantuvo el vínculo empleado-empleador, como las indemnizaciones. De la misma manera, con el fin de entregarle más seguridad a la empresa, incentivamos a que el finiquito se lleve a cabo en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Además representamos a las empresas ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, lugar en que se les asesora para lograr el mejor arreglo con el trabajador, evitando comenzar un juicio laboral.

Entre nuestros servicios también proporcionamos la representación del patrón, sea persona moral o persona física, una vez que ya se ha presentado una demanda en su contra ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean Federales o Locales. En la audiencia trifásica de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas se otorgan varias medidas de las que destacan:

  1. Conciliar con el trabajador con el fin de llegar a un arreglo satisfactorio.
  2. Contestar la demanda en cada una de sus partes, presentando excepciones que conduzcan a impugnar la acción del trabajador.
  3. Ofrecer pruebas como son la documental, la testimonial, la confesional, la pericial, entre otras.
  4. Plantear incidentes como el de competencia o el de acumulación.
  5. Desahogar las pruebas ofrecidas, compareciendo a las diversas audiencias en las que se lleve a cabo.
  6. Realización de alegatos.
  7. Interposición de Juicios de Amparo directos o indirectos, contra las Resoluciones Interlocutorias y Laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  8. Asesoría en Defensa del Trabajador.

Si desea hacer sus consultas, es posible emplear nuestro formulariode contacto para enviar preguntas y contarnos su caso.




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