Abogados en San Baltazar Yatzachi el Bajo

Manejamos toda clase de juicio desde el primer escrito de demanda hasta la ejecución de sentencia, manejando los litigios en tribunales estatales y federales, nuestros abogados también litigan asuntos de tipo administrativo a nivel estatal y federal. Por todo ello nuestro equipo maneja excelentes maniobras que sin lugar a dudas nos llevan al propósito deseado. Nuestros profesionales son habitualmente convocados a representar a clientes en controversias de tipo local, nacional e internacional de gran dificultad. En cada uno de los casos, nuestro objetivo continúa siendo el mismo: Para lograr el mejor resultado para los clientes mediante una representación agresiva, con práctica y ética profesional.

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Orientamos y representamos a empresas y particulares en todas las industrias imaginables, tanto en El país como en todo el mundo. Sabemos como registrar, conservar y cuidar las marcas de los clientes y ayudarles a desarrollar y establecer metodologías creativas de resguardo de la propiedad intelectual para la creación de la marca y la importancia del producto en todo el mundo. Les entregamos los siguientes servicios:

  • A nivel global y busca registrar la disponibilidad.
  • Marcas de validez y opiniones infracción.
  • Elaboración, presentación y tramitación de solicitudes de marcas en México ya nivel internacional.
  • Realización de la oposición de marcas y los procedimientos de supresión.
  • Marcas de litigios, incluyendo violación, la falsificación, la ciberocupación, y los productos del mercado gris.
  • Derecho de Autor el registro, protección y litigios.
  • la protección de los secretos comerciales y litigios.
  • Marcas y los acuerdos de licencia de derechos de autor.
  • Música acuerdos de licencia.
  • registros de nombres de dominio y los conflictos.
  • Due diligence para las transacciones de propiedad intelectual.
  • Marcas y el asesoramiento de la marca, incluyendo la gestión de carteras.

El divorcio express con nosotros es:

  • Sencillo.
  • Rápido.
  • Económico.
  • Garantizado.
  • Sin peleas.
  • Asistencia Legal personalizada.
  • Abogados Especialistas.

Para entender de la mejor manera el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define el matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la comunidad, que consiste en la unión de 2 personas para fijar una comunidad de vida. El divorcio significa terminar esta unión. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra va en aumento con el tiempo.

¿Quiénes tienen derecho a recibirlos?

Los esposos, concubinos, hijos (descendientes) y progenitores y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho a recibir una pensión por alimentos, pero también la obligación de proporcionarlos. O sea, los progenitores tienen que otorgar alimentos a sus hijos y cuando estos crecen, tienen que darlos a los progenitores. Por esto se dice que se trata de una obligación recíproca.

Y es bien fundamental tomar en cuenta que si uno no puede dar alimentos, es posible exigir a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, si un padre o una madre no pueden entregar pensión de alimentos a sus hijos, el deber cae en los padres de éste y si un hijo no puede dar alimentos a sus padres, el deber recae en los nietos. Ahora bien, la cifra de alimentos que se proporciona se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la capacidad de aquel que los entrega. Por ello cada caso es establecido particularmente según estos factores. Si el obligado de proporcionar alimentos no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de reclamarle que cumpla mediante la mediación de un juez de lo civil o de lo familiar.

¿En qué momento acaba este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal establece las causas que dan fin a la obligación de otorgar alimentos. Unas de éstas cesan la obligación por un período de tiempo y otras de forma definitiva. Estas causas son:

  • Si quien tiene el deber de otorgar alimentos no tiene medios para darlos. No obstante, en el momento en que tiene los recursos, deberá continuar cumpliendo su deber.
  • Cuando el deudor deja de requerir los alimentos. En el caso de los hijos no necesariamente sucede esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que tienen una profesión u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se ponen en práctica distintas medidas de acuerdo a las legislaciones de cada uno de los estado.
  • En caso de injuria, falta o daño graves causados por el que recibe los alimentos contra quien se los entrega. El juez decretará si la falta se estima grave o no.
  • Cada vez que la necesidad de alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
  • Cuando el que obtiene alimentos, sin consentimiento de quien debe entregar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables.

Derecho Corporativo

Cuando se habla de derecho corporativo se debe pensar en empresas, en sociedades, en personas, sean del tamaño que estas sean, lo fundamental es que la cualidad de esta área de nuestros servicios es que se orienta en la persona que desea formar un negocio licito independientemente de cual sea este. En cuanto a sociedades, ¿Sabe usted cuál es la que más le conviene? Acérquese a nosotros, aquí se lo informamos.

¿Sabe por qué es importante el crear una sociedad? Ya que si escoge la sociedad apropiada y hace las cosas conforme a derecho, su patrimonio personal no se podrá ver mezclado con el de su sociedad, o sea que lo protege contra terceros. Así que lo primero que tiene que hacer al considerar poner un negocio es analizar si vale la pena el mismo como para producir y formar una Sociedad, así sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por ello contáctenos para una adecuada asesoría.

Si ya posee una Sociedad hecha o va a formar una sociedad mexicana ¿sabe lo que debe hacer? ¿Sabía que si posee capital extranjero en esta sociedad, está forzado por ley a darle de alta ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las consecuencias de no hacerlo frente a este registro? Contáctanos para que lo podamos asistir como corresponde, sea en donde esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no varía, la ley se aplica para todos.

Así mismo le orientamos en la creación de actas de asamblea de la sociedad, donde puede ver entre otras cosas:

  • Aprobación de ejercicios sociales anuales.
  • Incremento o disminución de capital.
  • Rendición de Cuentas.
  • Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
  • Elaboración de títulos de acciones.
  • Convenios entre accionistas, los cuales regulan la participación y el convenio entre socios.
  • Verificamos el cumplimiento de nuestros clientes con las regulaciones y normas dispuestas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en cuanto a inscripciones y demás procesos que deben realizarse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
  • Convenios de Confidencialidad.

Atendemos casos en México. Presupuesto sin costo. No olvide que no tiene nada que desperdiciar y bastante que conseguir.




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