Abogados en San Luis Amatlán

Somos una de las firmas de abogados con más experiencia en atención completa a empresas y particulares, especializados en asistencias en derecho civil, contractual, derecho cambiario (letras de cambio, cheques y pagarés). Nuestro corporativo se distingue por un buen manejo del litigio y la atención rigurosamente personalizada a cada cliente. Nuestros abogados cuentan con la habilidad para solucionar todo tipo de problema legal que haya, dandole la certeza de que los servicios jurídicos que otorgamos son realizados por un equipo de profesionales en el área. En un mundo globalizado con un tejido normativo, a veces, tan complejo para el individuo y el empresario, concebimos el ejercicio de nuestra ocupación como un servicio fundado en la ética y en la calidad de nuestros despachos, que transciende las fronteras de México.

Abogados en San Luis Amatlán Abogados Gratis

Orientamos y representamos a compañias e individuos en todas las industrias existentes, tanto en México como también en todo el mundo. Sabemos como registrar, mantener y proteger las marcas de los clientes y ayudarles a fomentar y establecer metodologías creativas de resguardo de la propiedad intelectual para la creación de la marca y el valor del producto en todo el mundo. Les ofrecemos los siguientes servicios:

  1. A nivel mundial y busca registrar la disponibilidad.
  2. Marcas de validez y opiniones infracción.
  3. Elaboración, presentación y tramitación de solicitudes de marcas en México ya nivel internacional.
  4. Realización de la oposición de marcas y los procedimientos de supresión.
  5. Marcas de litigios, incluyendo violación, la falsificación, la ciberocupación, y los productos del mercado gris.
  6. Derecho de Autor el registro, protección y litigios.
  7. la protección de los secretos comerciales y litigios.
  8. Marcas y los acuerdos de licencia de derechos de autor.
  9. Música acuerdos de licencia.
  10. registros de nombres de dominio y los conflictos.
  11. Due diligence para las transacciones de propiedad intelectual.
  12. Marcas y el asesoramiento de la marca, incluyendo la gestión de carteras.

El divorcio express con nosotros es:

  1. Fácil.
  2. Expedito.
  3. Económico.
  4. Garantizado.
  5. Sin peleas.
  6. Asistencia Jurídica personalizada.
  7. Abogados Especializados.

Para comprender de la mejor manera el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la sociedad, que se trata de la unión de dos personas para crear una comunidad de vida. El divorcio define romper esta unión. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo.

Pensión De alimentos

Debido a los vínculos familiares que se van formando entre las personas, van apareciendo diversos derechos y obligaciones. Entre éstas últimas se cuenta la obligación de otorgar alimentos, y que hace alusión a todos los elementos materiales que necesita una persona para vivir y que abarcan lo siguiente: comida, vestuario, casa, protección en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.

¿Quiénes tienen derecho a recibirlos?

Los esposos, los concubinos, hijos y padres y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado cuentan con el derecho a percibir alimentos, pero también la obligación de proporcionarlos. O sea, los progenitores deben otorgar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, deben darlos a los progenitores. Por esto se dice que se trata de una obligación recíproca.

Y es bien fundamental tomar en cuenta que cuando uno no puede proporcionar alimentos, es posible exigir a los demás responsables a otorgarlos. Por ejemplo, si un padre o una madre no tienen la posibilidad de dar pensión de alimentos a sus hijos, la obligación cae en los padres de éste y cuando un hijo no puede dar alimentos a sus progenitores, el deber recae en los nietos. el monto en pensión alimenticia que se otorga se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la capacidad de aquel que los entrega. Por esto cada caso es determinado particularmente tomando como base estos elementos. Si el obligado de contribuir con pensión alimenticia no lo hace de forma voluntaria, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de exigirle que cumpla mediante la intervención de un juez de lo civil o de lo familiar.

¿Cuándo acaba este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las causas que dan término a la obligación de proporcionar alimentos. Algunas de éstas finalizan la obligación por un período de tiempo y otras de forma definitiva. Estas razones son:

  1. Si quien cuenta con el deber de otorgar alimentos no tiene medios para darlos. En todo caso, en el momento en que tiene los recursos, tendrá que seguir cumpliendo su obligación.
  2. Cuando el deudor deja de necesitar los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente ocurre esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que poseen una ocupación u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se aplican diversas medidas según las legislaciones de cada estado.
  3. En caso de injuria, falta o daño grave inflingidos por quien obtiene los alimentos en contra de quien se los otorga. El juez decretará si la falta se considera grave o no.
  4. Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien obtiene los alimentos.
  5. Cuando el que recibe alimentos, sin consentimiento del que debe entregar los alimentos, deja la casa de éste por causas inexcusables.

En cualquiera de este tipo de razones es el juez aquel que tiene que señalar si se acaba el deber de otorgar los alimentos, por esto no es una determinación unilateral tomada por quien debe otorgar los alimentos. La obligación de dar alimentos es imprescriptible, es decir, que se puede hacer exigible en todo momento. No obstante, sí prescriben las pensiones alimenticias que no se exigieron cuando correspondia. Como ejemplo, un hijo tiene la posibilidad de pedir a su padre la pensión de alimentos a los 16 años y el padre tiene el deber de dárselos. Pero no podrá demandarlo de forma retroactiva.

Finalmente, la pensión de alimentos se puede asegurar por medio de hipoteca, prenda o depósito de una cantidad adecuado con la finalidad de que exista continuidad en la entrega de los alimentos. Si te encuentras en un caso en que se involucren pensiones alimenticias y no sabes cómo exigirlas o tienen dudas al respecto, contáctanos para que te ayudemos a resolver tu problema.

Creación de Productos y Propiedad intelectual

Desarrollo de nuevos productos que por lo general es un esfuerzo conjunto entre los profesionales de negocios técnicos y de mercado. La elaboración de un producto podría significar invenciones completamente nuevas o solamente de mejores actualizaciones de productos existentes. Si el producto es de verdad innovador, resulta patentable, o puede relacionarse a los secretos comerciales que deben ser resguardados. Un nuevo sello-nombre puede ser desarrollado o puede ser vendido bajo una marca ya existente. En estas situaciones es donde contamos con vasta experiencia.

Todas las empresas dependen de los derechos de propiedad intelectual ante retos cada vez mayores. Cuestiones como establecimiento de normativas y patentes se han convertido en elemento integrante de la formación de concesión de licencias, las controversias y juicios de propiedad intelectual. Probablemente ninguna otra área de Derecho incluye gubernamentales de alto perfil para muchos litigios y disputas. La ley está en continua desarrollo. Nuestros profesionales poseen vasta trayectoria trabajando con clientes en materia de defensa de la competencia a los riesgos derivados del mal uso real o potencial de los derechos de propiedad intelectual, cómo las normas se acuerdan y de qué manera se forman grupos de patentes para licenciar las patentes requeridas para practicar las normativas aplicables.
Si desea efectuar sus preguntas, es posible emplear nuestro formulariode contacto para mandar dudas y contarnos su caso.




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