Abogados en San Miguel Mixtepec

Hace muchos años que prestamos servicios profesionales en el campo del derecho público y privado, colaborando con las empresas y particulares en el resguardo de sus intereses y para planificar sus estrategias. Nuestro despacho tiene un profundo conocimiento de la administración de justicia y las administraciones públicas en general. Esta amplia experiencia nos coloca en óptima posición en el rubro del derecho y nos permite ofrecer unos servicios de gran nivel profesional y alto valor añadido. Es ese objetivo el que nos ha impulsado a tener representación en todo el ámbito estatal, de manera que mediante nuestra red de despachos atendemos los requerimientos de los clientes sin limitaciones geográficas ni de materias jurídicas.

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Registro de Marcas

El alto nivel de nuestro asesoramiento se mide mejor por el éxito de cada cliente Estamos orgullosos del vínculo con nuestros clientes, y que la asociación no es una coincidencia. Asistimos y representamos a los anunciantes, la publicidad, marketing directo, y los organismos para promover ventas, diseñadores, ilustradores, fotógrafos, y otras compañías de servicios creativos de todos los tamaños a lo largo del país. Entre los servicios que realizan estos clientes están:

  • Publicidad cumplimiento de copia.
  • Sorteo de cumplimiento y las normativas oficiales.
  • Agencia / Acuerdos cliente.
  • Talento y contratos de celebridades.
  • Privacidad y las cuestiones de derechos de publicidad.
  • competitivo controversias y litigios de publicidad.
  • Televisión despacho de la red.
  • Aviso legal y asesoramiento revelaciones.
  • Confidencialidad y acuerdos de no divulgación.
  • Los acuerdos de exención de responsabilidad y la indemnización.
  • Etiquetado de productos y garantías.
  • SAG / cuestiones AFTRA.
  • Errores y omisiones de revisión de seguros.
  • El cliente seminarios.
  • Marcas y Derechos de Autor.

El divorcio express con nosotros es:

  • Fácil.
  • Rápido.
  • Económico.
  • Garantizado.
  • Sin peleas entre las partes.
  • Asesoría Legal personalizada.
  • Abogados Expertos.

Para entender apropiadamente el divorcio, hay que definir además el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la comunidad, que consiste en la unión de dos personas para fijar una sociedad de vida. El divorcio define terminar esta unión. El INEGI publicó que en 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra va en aumento con el tiempo. El divorcio en México necesita ser analizado por las leyes de cada estado. Por eso existe un proceso más rápido: Divorcio Express.

¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?

Los esposos, concubinos, hijos (descendientes) y progenitores (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho a recibir una pensión por alimentos, pero también la obligación de proporcionarlos. O sea, los padres tienen que proporcionar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, deben darlos a los progenitores. Por ello se habla de una obligación mutua.

Y es bien importante tomar en cuenta que si uno no puede proporcionar alimentos, es posible exigir a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, si un padre o una madre no pueden entregar pensión de alimentos a sus hijos, el deber recae en los padres de él o de ella y cuando un hijo no tiene la posibilidad de dar alimentos a sus progenitores, el deber recae en los nietos. el monto de alimentos que se otorga depende de la necesidad de quien los recibe y de la situación de quien los entrega. Por esto cada caso es establecido específicamente tomando como base estos elementos. Si el obligado de otorgar pensión alimenticia no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de exigirle que cumpla mediante la intromisión de un juez.

¿En qué momento acaba este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal indica las causas que dan fin al deber de proporcionar pensión alimenticia. Algunas de ellas finalizan el deber temporalmente y otras de manera definitiva. Estas razones son:

  • Cuando el que posee el deber de brindar alimentos no dispone de recursos para entregarlos. Sin embargo, en el momento en que cuenta con los recursos, tendrá que continuar cumpliendo su obligación.
  • Cuando el deudor deja de requerir los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente ocurre esto con la mayoría de edad, sino hasta que cuentan con una profesión u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se ponen en práctica distintas reglas de acuerdo a las legislaciones de cada estado.
  • En caso de injuria, falta o daño grave causados por el que obtiene los alimentos en contra de quien se los brinda. El juez decretará si la falta se estima grave o no.
  • Cuando la necesidad de alimentos dependa de la actitud viciosa o de la poca aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
  • Cuando el que obtiene alimentos, sin consentimiento del que tiene que dar los alimentos, abandona la casa de éste por causas inexcusables.

En cualquiera de estas razones es el juez el que debe diagnosticar si se termina el deber de otorgar los alimentos, así que no es una determinación unilateral tomada por el que tiene que brindar los alimentos. La obligación de otorgar alimentos es imprescriptible, es decir, que se puede hacer exigible en todo momento. Sin embargo, sí prescriben las pensiones de alimentos que no se exigieron en su momento. Por ejemplo, un hijo tiene la posibilidad de pedir a su progenitor la pensión de alimentos a los 14 años y el padre tiene la obligación de entregárselos. Pero no podrá demandarlo de forma retroactiva.

Por último, la pensión alimenticia se puede garantizar a través de hipoteca, prenda, fianza o depósito de una cantidad suficiente con la finalidad de que exista continuidad en la entrega de los alimentos. Si te encuentras en un caso en que se involucren pensiones de alimentos y no sabes cómo exigirlas o tienen dudas al respecto, contáctanos para que te ayudemos a resolver tu imprevisto.

Auditorias Laborales

Le orientamos y llevamos a cabo una auditoría laboral en su empresa, con la cual analizamos y revisamos la situación de sus empleados, como también sus posibles riesgos, lo que le sirve para reducir la pérdida de sus fondos por una demanda laboral. Por medio de esta auditoría se analizan en detalle cada uno de los documentos e información que se tenga de los trabajadores para dar un informe acerca de la situación real de la empresa en cuanto al cumplimiento de los deberes empleado-empleador y de Seguridad Social que le impone la Legislación Mexicana. Adicionalmente, le instruimos sobre las acciones y sistemas que deberá asumir la compañía para cumplir con los deberes a su cargo. Estos consejos podrán referirse a la elaboración o modificación de los siguientes documentos:

  1. Contratos laborales individuales o colectivos.
  2. Listas de ayuda.
  3. Controles de entradas y salidas (horario laboral ).
  4. Recibos de nómina, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo.

Estamos para atenderlo. Envienos su caso y con placer lo atenderemos.




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