Abogados en San Pedro Teozacoalco
Día a día, miles de personas y empresas se ven enfrentadas a denuncias cuyos juicios pueden ser largos y agotadores. Cuando los clientes potenciales desean ayuda es porque desean más que una representación agresiva, quieren un abogado con la práctica y el juicio para guiarlos al mejor resultado posible, tanto mediante acuerdo o juicio. Resumiendo, buscan que los abogados que los patrocinen posean un historial verificado de éxito. Nuestra área de litigio cuenta con especialistas especialmente calificados y con experiencia, siendo por ello de los mejores del país.
Nuestros profesionales acaparan lo referente a Banca de la empresa, finanzas, grupo de práctica, esto para atender las distintas necesidades de los clientes de servicios financieros, nuestros profesionales poseen estudios y experiencia en fusiones y adquisiciones, financiamiento, ejecución y cuestiones reglamentarias, seguros, impuestos, bienes, bienes inmuebles, la quiebra, derecho del trabajo, defensa de la competencia, y litigios. Al ayudar a los clientes en un gran número de transacciones, tenemos un conocimiento avanzado de las tácticas y los temas vinculados a las fusiones y adquisiciones, abarcando las cuestiones reglamentarias y fiscales. Hemos tratado con clientes de la organización de distintas instituciones y de fletamento, completando las conversiones, la creación de las comunidades financieras de cartera y a las sociedades de ahorro y bancarios, y el establecimiento de sucursales. Adicionalmente, hemos contribuido a iniciar y ampliar los seguros la seguridad, y otras labores no bancarias. Tenemos experiencia en asesorar a clientes sobre qué estructura utilizar para aplicar una expansión, negociación y escritura de documentos, y la elaboración de solicitudes de aprobación.
El divorcio express es:
- Sencillo.
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- Económico.
- Garantizado.
- Sin peleas.
- Asistencia Legal personalizada.
- Abogados Expertos.
Para comprender apropiadamente el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, considerada como legítima por la sociedad, que consiste en la unión de 2 personas para fijar una comunidad de vida. El divorcio significa terminar esta unión. El INEGI publicó que en 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo. El divorcio en la República Mexicana necesita ser revisado por las leyes de cada estado. Por eso está la opción de un procedimiento más rápido: Divorcio Express.
Pensión Alimenticia
A causa de los nexos de tipo familiar que se van creando entre las personas, van apareciendo distintos derechos y obligaciones. Entre éstas últimas se cuenta el deber de otorgar alimentos, y que hace alusión a todos los elementos materiales que necesita una persona para vivir y que incluyen: comida, vestuario, casa, asistencia en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.
¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?
Los esposos, los concubinos, los hijos y progenitores (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho de recibir una pensión por alimentos, pero además la obligación de proporcionarlos. O sea, los progenitores tienen que proporcionar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, deben darlos a los padres. Por esto se habla de una obligación recíproca.
Y es bien fundamental tomar en cuenta que cuando uno no puede proporcionar alimentos, es posible solicitar a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, cuando un padre o una madre no pueden entregar pensión alimenticia a sus hijos, la obligación cae sobre los padres de él o de ella y cuando un hijo no puede dar pensión alimenticia a sus padres, el deber recae sobre los nietos. el monto en pensión alimenticia que se proporciona se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la situación de quien los brinda. Por esto cada caso es establecido específicamente tomando como base estos factores. Si el obligado de contribuir con alimentos no lo hace de forma voluntaria, sus deudores alimentarios pueden exigirle que cumpla por medio de la intervención de un juez de lo civil o de lo familiar.
¿En qué momento acaba este derecho?
El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las razones que dan fin a la obligación de otorgar pensión alimenticia. Algunas de éstas cesan el deber por un período de tiempo y otras de manera definitiva. Estas razones son:
- Si quien tiene la obligación de brindar alimentos carece de recursos para entregarlos. Sin embargo, en cuanto cuenta con los medios, deberá seguir cumpliendo su obligación.
- Si el deudor deja de requerir los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente sucede esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que poseen una profesión u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se aplican diversas medidas según las legislaciones de cada uno de los estado.
- En caso de injuria, falta o daño graves inferidos por el que obtiene los alimentos contra quien se los otorga. El juez resolverá si la falta se estima grave o no.
- Cada vez que la necesidad de alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
- Cuando el que obtiene alimentos, sin aprobación del que debe entregar los alimentos, deja la casa de éste por razones injustificables.
En cualquiera de estas causas es el juez quien debe determinar si se extingue el deber de ministrar o otorgar los alimentos, por esto no se trata de una decisión unilateral tomada por el que debe brindar los alimentos. El deber de otorgar alimentos es imprescriptible, es decir, que se puede hacer exigible en todo momento. No obstante, sí prescriben las pensiones de alimentos que no se exigieron en su momento. Como ejemplo, un hijo tiene la posibilidad de pedir a su progenitor la pensión alimenticia a los 16 años y el padre posee el deber de dárselos. Sin embargo no tiene la posibilidad de demandarlo para que le cubra lo que dejó de entregarle los años anteriores.
Por último, la pensión alimenticia se puede garantizar a través de hipoteca, prenda o depósito de una cantidad adecuado con el propósito de que haya continuidad en la entrega de los alimentos. Si te encuentras en un caso en que se involucren pensiones de alimentos y no sabes cómo hacerlas exigibles o tienen alguna duda al respecto, contáctanos para que te ayudemos a solucionar tu imprevisto.
Creación de Productos y Propiedad Industrial
Desarrollo de nuevos productos que normalmente es un esfuerzo entre los profesionales de negocios técnicos y de mercado. La creación de un nuevo producto puede implicar creaciones completamente nuevas o basicamente de últimas versiones de productos ya creados. Cuando el producto es realmente innovador, resulta patentable, o puede involucrar a los secretos de negocios que deben ser resguardados. Un nuevo sello-nombre puede ser desarrollado o puede venderse bajo un sello ya creado. En estas situaciones es donde contamos con vasta experiencia.
Las empresas que obedecen a los derechos de propiedad intelectual frente a retos cada vez mayores. Temas como fijación de normas y patentes se han transformado en elemento integrante de la formación de concesión de licencias, las problemáticas y juicios de propiedad intelectual. Probablemente ninguna otra rama de Derecho de la competencia incluye gubernamentales de alto perfil para muchos litigios y disputas. La ley se encuentra en constante evolución. Nuestros abogados tienen amplia práctica trabajando con clientes en cuanto a defensa de la competencia a los riesgos causados por el mal uso de los derechos de propiedad intelectual, de qué manera las normas se determinan y cómo se forman grupos de patentes para otorgar las patentes necesarias para practicar las normativas aplicables.
Estamos para ayudarlo. Envienos su caso y con placer lo atenderemos.
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