Abogados en Santa Lucía Ocotlán

Desde su fundación en 1980, nuestro despacho brinda asesoría legal de excelencia a nuestros clientes, comprometiéndose con ofrecer servicios legales personalizados, con una tradición de calidad, basada en los más altos valores éticos y de servicio, asegurando la confianza depositada por sus clientes.

Nuestra firma cuenta con profesionales con una vasta trayectoria y una buena reputación en sus más importantes áreas legales, que abarcan la asistencia, patrocinio y representación, de Empresas, como también de personas físicas y organizaciones gubernamentales, en las especializaciones del Derecho Civil, Mercantil, de Seguros y Fianzas, Fiscal, Corporativo, Resolución Alternativa de Controversias y de Amparo.

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Trabajamos con los clientes en una amplia variedad de operaciones de préstamos garantizados y no garantizados y otras transacciones de crédito, entre ellos los convenios de participación. Poseemos amplia trayectoria en estrategias de subvención innovadoras y creativas, como por ejemplo las titulizaciones de activos. Nuestra firma de abogados, adicionalmente, se enfoca en las ofertas de valores, la reestructuración de la deuda, y las salidas de préstamo con el trabajo. También ayudamos a las compañias con problemas económicos del sistema con la aplicación de providencias correctivas y desarrollar y establecer proyectos de capital y la gestión. Orientamos a nuestros clientes en problemas de liquidez, la financiación de descuento de la Reserva Federal de ventanas, y el cumplimiento de las leyes que rigen la multitud y restringir las instituciones que se encuentran en situaciones difíciles.

Hemos representado a organizaciones financieras, corporaciones y otros con respecto a las cuestiones que aparecen cuando una institución comercial se torna insolvente y se encuentra cerrado por los reguladores, y las cuestiones relacionadas con la labor de la FDIC como síndico de los activos de la institución.

  • Empleo y Trabajo.
  • Compensación y Beneficios a los empleados de Planificación.
  • Inmigración.
  • Investigaciones internas.
  • No Compite y Secretos de Representación Comercio de las organizaciones en las solicitudes de trabajo presentadas por extranjeros en México.
  • Contratación, el empleo y la aprobación de la gestión de personal.
  • La seguridad laboral, políticas de personal, y manuales de procedimientos.
  • Diseño, creación, utilización, administración, y la terminación de la prestación, el bienestar y los proyectos de jubilación.
  • Preparación de trabajos individuales y convenios colectivos.
  • Litigios ante Juntas de Conciliación y Arbitraje y el Distrito, Tribunales de Circuito y Suprema.
  • Planificación para la inversión de los fondos de los empleados.
  • Procedimiento y las negociaciones con el Instituto Mexicano del Seguro Social y vivienda de los trabajadores las autoridades del Fondo.

El divorcio express es:

  • Sencillo.
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  • Asistencia Legal personalizada.
  • Abogados Especialistas.

Para entender apropiadamente el divorcio, se debe definir además el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la sociedad, que se trata de la unión de 2 personas para establecer una comunidad de vida. El divorcio significa romper este vínculo. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra va en aumento con el tiempo.

Pensión De alimentos

A causa de los nexos de tipo familiar que se van formando entre las personas, van apareciendo diversos derechos y deberes. Entre éstos se incluye el deber de otorgar alimentos, y que se refiere a todos los artículos materiales que necesita una persona para vivir y que abarcan: comida, vestuario, casa, asistencia en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.

¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?

Los esposos, concubinos, los hijos (descendientes) y padres (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho de percibir alimentos, pero además el deber de proporcionarlos. Es decir, los padres deben dar alimentos a sus hijos y cuando estos crecen, tienen que darlos a los padres. Por ello se habla de una obligación recíproca.

Y es bien importante tomar en cuenta que cuando uno no puede proporcionar alimentos, se puede solicitar a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, si un padre o una madre no tienen la posibilidad de dar pensión alimenticia a sus hijos, el deber recae sobre los padres de él o de ella y si un hijo no puede dar pensión alimenticia a sus padres, la obligación recae en los nietos. la cifra de alimentos que se proporciona depende de la necesidad de aquel que los obtiene y de la capacidad de quien los brinda. Por ello cada uno de los casos es establecido particularmente según estos elementos. Si el obligado de contribuir con pensión alimenticia no lo hace de forma voluntaria, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de reclamarle que cumpla por medio de la intromisión de un juez.

¿En qué momento termina este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal indica las razones que dan término al deber de otorgar alimentos. Algunas de éstas finalizan el deber temporalmente y otras de forma definitiva. Estas causas son:

  1. Cada vez que el que posee la obligación de otorgar alimentos carece de medios para entregarlos. Sin embargo, en cuanto cuenta con los medios, tendrá que seguir cumpliendo su obligación.
  2. Si el deudor deja de requerir los alimentos. En cuanto a los hijos no necesariamente ocurre esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que poseen una profesión u oficio adecuados. En el caso de los cónyuges y concubinos, se ponen en práctica diversas reglas de acuerdo a las legislaciones de cada estado.
  3. En caso de injuria, falta o daño graves inflingidos por el que recibe los alimentos en contra de quien se los brinda. El juez determinará si la falta se estima grave o no.
  4. Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
  5. Cuando el que obtiene alimentos, sin acuerdo del que debe dar los alimentos, deja la casa de éste por razones injustificables.

Asistimos y ayudamos a las empresas para elaborar finiquitos de trabajadores, hacemos el cálculo de la cantidad que corresponde al trabajador ya por renuncia voluntaria o por despido, los cuales abarcan tanto los derechos obtenidos del tiempo que duró el vínculo obrero-patronal, como las indemnizaciones. Así mismo, con el fin de darle más seguridad a la empresa, incentivamos a que el finiquito se lleve a cabo en la Junta de Conciliación y Arbitraje. También representamos a las empresas en las citas ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde se les guía para alcanzar el mejor arreglo con el trabajador, evitando entrar a un juicio laboral.

Entre nuestros servicios también ofrecemos la representación del empleador, cuando ya han sido demandados frente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean Federales o Locales. En la audiencia trifásica de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas se brindan varias medidas de las que destacan:

  1. Mediar con el trabajador para lograr un acuerdo satisfactorio.
  2. Contestar la demanda en cada una de sus partes, presentando excepciones que conduzcan a combatir la acción del trabajador.
  3. Ofrecer pruebas como son la documental, la testimonial, la confesional, la pericial, etc.
  4. Exponer incidentes como el de competencia o el de acumulación.
  5. Desahogar las pruebas entregadas, compareciendo a las distintas audiencias en las cuales se lleve a cabo.
  6. Elaboración de alegatos.
  7. Presentación de Juicios de Amparo directos o indirectos, en contra de las Resoluciones Interlocutorias y Laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  8. Asesoría en Defensa del Trabajador.

Permita que nuestros especialistas lo asesoren para hallar la manera de manejar sus problemas. No pierda sus derechos por no contar con la asistencia correcta.




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