Abogados en Santiago Yolomécatl

Somos una de las firmas de abogados con más experiencia en atención integral a empresas e individuos, especialistas en asesorias en derecho civil, contractual, derecho cambiario (letras de cambio, cheques y pagarés). Nuestro equipo se caracteriza por un buen manejo del litigio y la atención estrictamente personalizada a cada cliente. Nuestros abogados poseen la habilidad para solucionar todo tipo de imprevisto legal que se presente, dandole la seguridad de que los servicios jurídicos que ofrecemos son llevados a cabo por un equipo de profesionales en el área. En un mundo globalizado con un tejido normativo, en ocasiones, tan prolijo y complejo para el ciudadano y el empresario, concebimos el ejercicio de nuestra profesión como un servicio fundado en la ética y en el alto nivel de nuestros despachos, que va más allá de las fronteras de México.

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La relevancia de tener a un buen abogado

Nuestro equipo te ofrece las siguientes recomendaciones a la hora de conseguir a un abogado:

  • Asegurese de que sea un abogado Publico Titulado, pida su cedula profesional.
  • Solicite referencias o cartas de recomendación de éste.
  • De preferencia que sea alguien de su confianza quien se lo recomiende y que tenga práctica trabajando con otros extranjeros.
  • Los aspectos contables y reglas de contabilidad y pagos de impuestos son complicados, por lo que servirá de mucho que el abogado que consiga hable su mismo idioma, esto le dará mucho mas simple comprensión de los números del negocio que le plantean y las propuestas y medios de pago.
  • Deje registro de las preguntas que le haga y sus fundamentos de en qué situación o por qué es aplicable o no es aplicable el consejo que en materia contable le está haciendo.
  • La actualización y capacitación profesional es una constante para realizar un trabajo profesional correcto, las disposiciones contables cambian día a día, por lo que es fundamental saber si su abogado posee esta actualización constante.

El divorcio express es:

  • Sencillo.
  • Expedito.
  • Económico.
  • Garantizado.
  • Sin peleas entre las partes.
  • Asesoría Jurídica personalizada.
  • Abogados Especializados.

Para comprender apropiadamente el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define al matrimonio como una institución social, considerada como legítima por la sociedad, que se trata de la unión de 2 personas para establecer una sociedad de vida. El divorcio define romper este vínculo. El INEGI publicó que en el año 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra va en aumento con el tiempo. El divorcio en la República Mexicana necesita ser revisado por las leyes de cada estado. Por eso está la opción de un procedimiento más expedito: Divorcio Express.

Pensión Alimenticia

Debido a los nexos familiares que se van formando entre las personas, van surgiendo distintos derechos y deberes. Entre éstos se cuenta el deber de proporcionar alimentos, y que se refiere a todos los artículos materiales que requiere una persona para vivir y que consideran lo siguiente: comida, vestuario, casa, protección en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.

¿Quiénes tienen derecho a recibirlos?

Los esposos, los concubinos, los hijos (descendientes) y progenitores (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado poseen el derecho de percibir alimentos, pero también el deber de proporcionarlos. Es decir, los padres deben proporcionar alimentos a sus hijos y cuando estos crecen, tienen que darlos a los progenitores. Por esto se dice que se trata de una obligación mutua.

Y es importante considerar que cuando uno no puede proporcionar alimentos, es posible pedir a los demás responsables a otorgarlos. Por ejemplo, cada vez que un padre o una madre no tienen la posibilidad de entregar pensión alimenticia a sus hijos, la obligación cae sobre los padres de él o de ella y cuando un hijo no tiene la posibilidad de dar alimentos a sus padres, la obligación recae en los nietos. Ahora bien, la cifra en pensión alimenticia que se proporciona se basa en la necesidad de quien los obtiene y de la capacidad de aquel que los brinda. Por esto cada uno de los casos es determinado particularmente según estos elementos. Si el obligado de otorgar alimentos no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios pueden exigirle que cumpla por medio de la intromisión de un juez de lo civil o de lo familiar.

¿En qué momento termina este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las causas que dan fin al deber de proporcionar alimentos. Algunas de ellas cesan la obligación por un período de tiempo y otras de forma definitiva. Estas razones son:

  1. Si el que tiene el deber de dar alimentos no tiene medios para entregarlos. No obstante, en el momento en que posee los medios, deberá seguir cumpliendo su deber.
  2. Cuando el deudor deja de necesitar los alimentos. En el caso de los hijos no necesariamente ocurre esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que poseen una ocupación u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se ponen en práctica diversas medidas de acuerdo a las legislaciones de cada uno de los estado.
  3. En caso de injuria, falta o daño graves causados por quien obtiene los alimentos en contra de quien se los brinda. El juez resolverá si la falta se estima grave o no.
  4. Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien obtiene los alimentos.
  5. Cuando el que recibe alimentos, sin consentimiento del que debe entregar los alimentos, deja la casa de éste por razones inexcusables.

En cualquiera de este tipo de causas es el juez el que tiene que determinar si se acaba el deber de ministrar o otorgar los alimentos, así que no es una decisión unilateral tomada por quien debe otorgar los alimentos. La obligación de otorgar alimentos es imprescriptible, es decir, que es posible hacerla exigible en cualquier momento. Sin embargo, sí prescriben las pensiones alimenticias que no se solicitaron cuando correspondia. Por ejemplo, un hijo puede solicitar a su padre la pensión de alimentos a los 16 años y el padre tiene la obligación de dárselos. Sin embargo no puede demandarlo para que le cubra lo que no le dió los años anteriores.

Por último, la pensión alimenticia se puede garantizar a través de hipoteca, prenda, fianza o depósito de una cantidad adecuado con la finalidad de que haya continuidad en la entrega de los alimentos. Si te encuentras en un caso que impliquen pensiones alimenticias y no sabes cómo exigirlas o tienen dudas al respecto, contáctanos para que te ayudemos a resolver tu imprevisto.

Derecho Corporativo

Al hablar de derecho corporativo se debe pensar en empresas, sociedades, en personas, sin importar del tamaño que estas sean, lo relevante acá es que la característica de esta materia de nuestros servicios es que se enfoca en la persona que desea formar un negocio licito sin importar cual sea este. En relación a sociedades, ¿Sabe usted cuál es la más conveniente? Acérquese a nosotros, aquí se lo informamos.

¿Sabe por qué es importante el crear una sociedad? Ya que si elije la sociedad apropiada y hace las cosas conforme a derecho, su patrimonio personal no se podrá ver mezclado con el de su sociedad, es decir que lo protege contra terceros. Por esto lo primero que debe hacer al considerar poner un negocio es evaluar si vale la pena el mismo como para formar una Sociedad, ya sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por esto comuníquese con nosotros para una adecuada consultoría.

Si ya tiene una Sociedad creada o va a crear una sociedad mexicana ¿sabe que es lo que tiene que hacer? ¿Sabía que si posee capital extranjero en esta sociedad, está obligado por ley a darle de alta ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las consecuencias de no darle de alta frente a este registro? Contáctanos para que lo podamos asesorar adecuadamente, sea en donde esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no varía, la ley se aplica de igual forma.

Del mismo modo le asistimos en la creación de actas de asamblea de la sociedad, donde puede revisar por ejemplo:

  • Aprobación de ejercicios sociales anuales.
  • Aumento o disminución de capital.
  • Rendición de Cuentas.
  • Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
  • Elaboración de títulos de acciones.
  • Convenios entre accionistas, los cuales regulan la participación y el acuerdo entre socios.
  • Verificamos el cumplimiento de nuestros clientes con las regulaciones y normativas dispuestas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en materia de inscripciones y demás procedimientos que deben realizarse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
  • Convenios de Confidencialidad.

Si desea hacer sus consultas, es posible emplear nuestro formulariode contacto para mandar preguntas y explicar su caso.




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