Abogados en Telchac Puerto

Somos un Despacho de Abogados que mezcla los diversos servicios de consultoría con el litigio, en las referidas temáticas especializadas, brindando de esta forma una asesoría legal completa, buscando la solución y prevención de los conflictos de cada cliente, con el propósito de contribuir para lograr los objetivos jurídicos y comerciales procedentes, buscando otorgar asistencia individualizada a nuestros clientes, con excelencia y la más alta confidencialidad posible. Nuestro Despacho dispone de una extensa y probada práctica en todos los ámbitos del litigio.

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Fundamentos inspiradores generales

Los principios inspiradores generales de nuestra actuación han de ser:

  • La lealtad con el cliente.
  • La independencia de juicio.
  • La dignidad e integridad profesional.
  • La conservación del secreto profesional.
  • La prevalencia de la verdad.
  • La competencia leal entre abogados.
  • El respeto a las normas sobre incompatibilidades y el rechazo al intrusismo.
  • Unos honorarios justos y proporcionados a la labor realizada y relevancia del asunto.
  • La flexibilidad, responsabilidad y total autonomía de cada una de nuestras oficinas.
  • El fomento de la libre colaboración y asociación profesional, imagen común y prestigio.
  • Respeto a las normas éticas de la profesión de abogado.
  • La independencia financiera en su actuación y de prestación de servicios de cada bufete.

La complejidad en la necesidad de servicios en nuestras sociedades, hace provechosa la cooperación con otros colegas, nuestro equipo de abogados impulsará esta manera de trabajo en base a la interprofesionalidad y el trabajo conjunto, lo que repercutirá en una oferta más completa a nuestros clientes. En el caso de que en un juicio la defensa de las partes llegue a dos de nuestras oficinas, se dará aviso a la brevedad de tal incidencia a los clientes, para que tomen una decisión al respecto, con el propósito de conservar en todo momento la independencia de intereses de nuestros clientes.

En esta región del país hay una gran riqueza de recursos naturales y es por ello que las autoridades se enfocan en las afectaciones derivadas de la creación de desarrollos inmobiliarios, turísticos, habitacionales o de algún otro tipo con impacto en nuestro medio ambiente.

En nuestra firma tenemos un equipo de profesionales quienes le asistirán sobre las leyes ambientales y todos aquellos aspectos que hay que considerar antes de partir cualquier proyecto, tales como la Manifestación de Impacto Ambiental. Adicionalmente le ayudaremos a gestionar los procedimientos debidos ante la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), como también todos los documentos que se requieren para estos temas.

En la actualidad es importante que se lleve a cabo en cualquier desarrollo inmobiliario que se quiera implementar, una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA). Mencionado procedimiento es a través del cual la SEMARNAT decreta las condiciones a que se sujetará la realización de obras y labores que pudiesen provocar desequilibrio ambiental o traspasar los limites y condiciones dispuestos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, para prevenir o reducir al mínimo sus efectos desfavorables en el ambiente. En el caso de los desarrollos inmobiliarios que se deseen fijar en terreno con playa, es importante considerar que hay Autoridades y Leyes que regularizan estas áreas, como lo es la Autoridad denominada Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la cual le corresponde la demarcación de la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT), al que se establece como la faja de 20 metros de ancho de tierra firme paralela a los litorales del oceano o a las riberas de todo depósito que se forme con aguas del mar, o de los ríos, a partir de la desembocadura de éstos en el mar hasta 100 metros río arriba, comprendiendose por transitable el área que horizontalmente presente un ángulo de inclinación de 0 a 30 grados.

El artículo 27 Constitucional, determina que las tierras y aguas comprendidas en el país corresponden originalmente a la Nación, que nos posee la facultad de traspasar el dominio de éstas a particulares en concesión para su uso, aprovechamiento o explotación. Según esto, en nuestro bufete le orientaremos para pedir el Titulo de Concesión de la Zona Federal Marítimo Terrestre, ya sea del tipo de Protección, de Ornato o de Uso General, sobre el inmueble de manejo público en el que esté interesado, o en su caso la Cesión de derechos que corresponde, ya que éstos sólo podrán cederse, con la licencia previa y explícita de la autoridad que las hubiere otorgado, exigiendo al concesionario que reúna los mismos requerimientos y condiciones que se tuvieron en cuenta para el otorgamiento de la concesión respectiva. Esto se encuentra previsto por el artículo 25 de la Ley de Bienes Nacionales. De la misma manera, le asesoraremos sobre las causas contempladas en la ley de Bienes Nacionales, por las cuales se otorgan o se derogan las Concesiones o Permisos.

Es necesario tener en cuenta que por causas naturales o artificiales el mar modifica muchas veces sus límites y por consiguiente, repercute en la ZOFEMAT, aumentando o reduciendo el área que inicialmente comprendía, de acuerdo al mar haya traspasado terrenos o viceversa. Así encontramos que hay Zonas Federales Marítimos o Terrestre invadidas por el mar o Zonas Federales Marítimo Terrestre que expanden sus terrenos al mar.

Nuestro bufete le puede otorgar asesoría acerca de las normativas que en asuntos fiscales se rigen, o sea, en lo que se refiere a el impartimiento de los derechos generados por la ZOFEMAT. La dependencia federal autorizada por esta Ley es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en quien cae la labor de cobrar todos los ingresos a que tenga derecho la federación según las leyes que los establezcan y se encuentran forzadas a pagar el derecho por el uso del inmueble, las personas físicas y las morales que utilicen, gocen o aprovechen bienes públicos de la Federación en los puertos, terminales, e instalaciones portuarias de la Zona Federal Marítima. Esto es sólo un ejemplo de la diversidad de temas que están controlados por nuestras leyes ambientales y administrativas, por lo que hoy en día resulta indispensable estar bien orientado antes de comenzar cualquier proyecto inmobiliario para así evitar riesgos. La asistencia que nuestro equipo presta en esta materia de servicios incluye una amplia experiencia en el ramo, porque en todo el país es vital la adecuada mediación de un especialista en la materia, por eso le proponemos que acuda a nosotros que somos los que conocemos este ramo. Nuestra asistencia se caracteriza en los siguientes rubros:

  • Evaluación y adquisición de permisos federales necesarios para la formación y operación del desarrollo que usted busca realizar.
  • Tramitación, monitoreo y adquisición de permisos estatales y municipales ambientales requeridos para la construcción del desarrollo que usted busca llevar a cabo.
  • Defensa de particulares en contra de actos de autoridad PROFEPA, SEMARNAT y autoridades ambientales municipales y estatales.
  • Relaciones Gubernamentales. Consistente en interactuar a nombre de nuestros clientes con las distintas autoridades involucradas en los procesos de sus permisos.

Derecho Corporativo

Al hablar de derecho corporativo se tiene que pensar en empresas, sociedades, personas, sean del tamaño que estas sean, lo importante es que la característica de esta materia de nuestros servicios es que se enfoca en quien quiere crear un negocio licito sin importar cual sea este. Respecto a sociedades, ¿Sabe cuál es la que más le conviene? Contáctenos, aquí se lo informamos.

¿Conoce la importancia de crear una sociedad? Ya que si escoge la sociedad adecuada y se rige según las leyes, su patrimonio personal no se podrá ver mezclado con el de su sociedad, esto significa que lo protege contra terceros. Por esto lo primero que debe hacer al pensar en iniciar un negocio es evaluar si es rentable como para crear una Sociedad, así sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por esto comuníquese con nosotros para una apropiada asesoría.

Si ya cuenta con una Sociedad creada o va a crear una sociedad mexicana ¿sabe lo que tiene que hacer? ¿Sabía que si tiene capital extranjero en esta sociedad, está forzado por ley a renunciar a el ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las consecuencias de no hacerlo ante este registro? Contáctanos para que lo podamos asistir de manera adecuada, sea en donde esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no varía, la ley se aplica para todos.

Así mismo le orientamos en la elaboración de actas de asamblea de la sociedad, donde tiene la posibilidad de revisar por ejemplo:

  1. Aprobación de ejercicios sociales anuales.
  2. Aumento o disminución de capital.
  3. Rendición de Cuentas.
  4. Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
  5. Creación de títulos de acciones.
  6. Convenios entre accionistas, los que regulan la participación y el convenio entre socios.
  7. Verificamos el cumplimiento de cada cliente con las regulaciones y normativas dispuestas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en cuanto a inscripciones y otros procedimientos que deben realizarse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
  8. Convenios de Confidencialidad.

Si desea hacer sus consultas, es posible emplear nuestro formulariode contacto para mandar preguntas y contarnos su caso.




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