Abogados en Ticul
A partir de su fundación en 1980, nuestro bufete otorga ayuda legal de excelencia a nuestros clientes, comprometiéndose con la prestación de servicios legales personalizados, con una trayectoria de prestigio, basada en los más altos valores éticos y de servicio, asegurando la confianza entregada por sus clientes.
Nuestro equipo de abogados dispone de profesionales con una amplia experiencia y una sólida reputación en sus principales materias legales, que incorporan la asesoría, patrocinio y representación, de Empresas, como de personas físicas y organizaciones de gobierno, en las especializaciones del Derecho Civil, Mercantil, de Seguros y Fianzas, Fiscal, Corporativo, Resolución Alternativa de Conflictos y de Amparo.
La mantención del secreto profesional comprenderá cualquier hecho, circunstancia o datos que hayan sido puestos a disposición del abogado por el cliente, como también a todo asunto relacionado al ejercicio de la profesión. Sólo se accederá a la vulneración del deber de secreto profesional en situaciones de legítima defensa o permiso expreso del cliente. Nuestros despachos fijarán una estructura transparente de colaboración y reparto de honorarios.
El divorcio express con nosotros es:
- Sencillo.
- Rápido.
- Económico.
- Garantizado.
- Sin peleas entre las partes.
- Asesoría Jurídica personalizada.
- Abogados Expertos.
Para comprender correctamente el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define el matrimonio como una institución social, considerada como legítima por la sociedad, que significa la unión de 2 personas para establecer una sociedad de vida. El divorcio define terminar este vínculo. El INEGI publicó que en 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra se incrementa con el tiempo. El divorcio en México requiere ser revisado por las leyes de cada estado. Por eso hay un procedimiento más expedito: Divorcio Express.
Pensión Alimenticia
Debido a los vínculos de tipo familiar que se van creando entre las personas, van surgiendo diversos derechos y obligaciones. Entre éstas últimas se incluye la obligación de proporcionar alimentos, y que hace alusión a todos los artículos materiales que necesita una persona para vivir y que incluyen: comida, vestuario, casa, protección en caso de enfermedad, educación a los hijos y gastos funerarios.
¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?
Los esposos, los concubinos, los hijos (descendientes) y progenitores y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado tienen el derecho de percibir alimentos, pero también la obligación de proporcionarlos. Es decir, los progenitores tienen que proporcionar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, deben darlos a los padres. Por ello se habla de una obligación mutua.
Y es importante considerar que cuando uno no puede dar alimentos, se puede pedir a los demás responsables a otorgarlos. Por ejemplo, cada vez que un padre o una madre no tienen la posibilidad de dar pensión de alimentos a sus hijos, la obligación recae sobre los padres de él o de ella y si un hijo no puede dar pensión alimenticia a sus padres, el deber recae sobre los nietos. Ahora bien, el monto en pensión alimenticia que se proporciona se basa en la necesidad de aquel que los obtiene y de la situación de quien los brinda. Por esto cada uno de los casos es determinado particularmente tomando como base estos factores. Si el obligado de proporcionar pensión alimenticia no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios pueden reclamarle que cumpla mediante la intervención de un juez.
¿Cuándo acaba este derecho?
El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las causas que dan término al deber de proporcionar pensión alimenticia. Unas de éstas finalizan el deber por un período de tiempo y otras de manera definitiva. Estas razones son:
- Cada vez que quien cuenta con el deber de otorgar alimentos no dispone de recursos para entregarlos. En todo caso, en el momento en que cuenta con los recursos, tendrá que continuar cumpliendo su obligación.
- Si el deudor deja de necesitar los alimentos. En el caso de los hijos no necesariamente ocurre esto con la mayoría de edad, sino hasta que cuentan con una profesión u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se aplican distintas reglas según las legislaciones de cada estado.
- En caso de injuria, falta o daño grave inferidos por el que recibe los alimentos en contra de quien se los otorga. El juez determinará si la falta se considera grave o no.
- Cada vez que la necesidad de los alimentos dependa de la actitud viciosa o de la falta de aplicación al trabajo de quien obtiene los alimentos.
- Cuando el que obtiene alimentos, sin aprobación de quien tiene que dar los alimentos, deja la casa de éste por causas inexcusables.
Derecho Corporativo
Cada vez que se habla de derecho corporativo se debe pensar en empresas, en sociedades, personas, sean del tamaño que estas sean, lo importante es que la característica de esta área de nuestros servicios es que se enfoca en quien quiere crear un negocio licito sin importar cual sea este. Respecto a sociedades, ¿Sabe cuál es la que más le conviene? Contáctenos, aquí se lo informamos.
¿Sabe por qué es importante el formar una sociedad? Ya que si escoge la sociedad adecuada y hace las cosas conforme a derecho, su patrimonio personal no tendrá la posibilidad de ser asociado al de su sociedad, o sea que lo resguarda contra terceros. Así que lo primero que tiene que hacer al considerar poner un negocio es analizar si vale la pena el mismo como para formar una Sociedad, así sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por ello contáctenos para una apropiada asistencia.
Si ya posee una Sociedad creada o va a crear una sociedad mexicana ¿sabe que es lo que debe hacer? ¿Sabía que si tiene capital extranjero en esta sociedad, está obligado por ley a renunciar a el ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las repercusiones de no hacerlo frente a este registro? Contáctanos para que lo podamos ayudar adecuadamente, en donde sea que esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no varía, la ley se aplica de igual forma.
Así mismo le orientamos en la elaboración de actas de asamblea de la sociedad, donde podrá revisar por ejemplo:
- Aprobación de ejercicios sociales anuales.
- Aumento o disminución de capital.
- Rendición de Cuentas.
- Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
- Elaboración de títulos de acciones.
- Convenios entre accionistas, los cuales regulan la participación y el acuerdo entre socios.
- Verificamos el cumplimiento de nuestros clientes con las regulaciones y normativas establecidas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en cuanto a inscripciones y otros procesos que deben realizarse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
- Convenios de Confidencialidad.
Estamos para ayudarlo. Escriba su caso y con gusto lo atenderemos.
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