Abogados en Tixkokob

Hace muchos años que prestamos servicios profesionales en el campo del derecho, ayudando a las empresas e individuos en la defensa de sus intereses y en la planificación de sus estrategias. Nuestro despacho cuenta con un profundo conocimiento de la administración de justicia y las administraciones públicas de todo tipo. Esta vasta trayectoria nos coloca en excelente ubicación en el medio del derecho y nos posibilita ofrecer servicios de gran calidad profesional y elevado valor agregado. Es ese objetivo el que nos ha llevado a conseguir representación en todo el ámbito estatal, de forma que por medio de nuestra red de oficinas se responde a las necesidades de los clientes sin limitaciones geográficas ni de materias jurídicas.

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Asesoramos y representamos a compañias y particulares en todas las industrias existentes, tanto en El país como también en todo el mundo. Sabemos como registrar, mantener y proteger las empresas de los clientes y ayudarles a fomentar y establecer técnicas creativas de resguardo de la propiedad intelectual para la creación de la marca y la importancia del producto en todo el mundo. Les ofrecemos los siguientes servicios:

  • A nivel mundial y busca registrar la disponibilidad.
  • Marcas de validez y opiniones infracción.
  • Elaboración, presentación y tramitación de solicitudes de marcas en México ya nivel internacional.
  • Realización de la oposición de marcas y los procedimientos de supresión.
  • Marcas de litigios, incluyendo violación, la falsificación, la ciberocupación, y los productos del mercado gris.
  • Derecho de Autor el registro, protección y litigios.
  • la protección de los secretos comerciales y litigios.
  • Marcas y acuerdos de licencia.
  • Música acuerdos de licencia.
  • registros de nombres de dominio y los conflictos.
  • Due diligence para las transacciones de propiedad intelectual.
  • Marcas y el asesoramiento de la marca, incluyendo la gestión de carteras.

El divorcio express es:

  • Sencillo.
  • Rápido.
  • Económico.
  • Garantizado.
  • Sin peleas.
  • Asistencia Jurídica personalizada.
  • Abogados Especialistas.

Para comprender apropiadamente el divorcio, se debe comprender también el matrimonio. El diccionario define el matrimonio como una institución social, reconocida como legítima por la comunidad, que consiste en la unión de dos personas para crear una sociedad de vida. El divorcio significa romper esta unión. El INEGI publicó que en 2008 se divorciaron 14 de cada 100 matrimonios y esta cifra va en aumento con el tiempo. El divorcio en la República Mexicana requiere ser revisado por las leyes de cada estado. Por eso existe un procedimiento más rápido: Divorcio Express.

¿Quiénes tienen derecho de percibirlos?

Los esposos, concubinos, hijos (descendientes) y progenitores (ascendientes) y los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado cuentan con el derecho a recibir una pensión por alimentos, pero además la obligación de proporcionarlos. Es decir, los padres deben dar alimentos a sus hijos y una vez que estos crecen, tienen que darlos a los padres. Por esto se habla de una obligación mutua.

Y es bien fundamental tomar en cuenta que si uno no puede proporcionar alimentos, es posible solicitar a los demás responsables a brindarlos. Por ejemplo, si un padre o una madre no pueden entregar pensión de alimentos a sus hijos, la obligación cae en los padres de éste y si un hijo no puede dar pensión alimenticia a sus progenitores, el deber recae en los nietos. Ahora bien, el monto en pensión alimenticia que se proporciona depende de la necesidad de quien los obtiene y de la situación de aquel que los otorga. Por ello cada uno de los casos es determinado específicamente tomando como base estos elementos. Si el obligado de proporcionar alimentos no lo hace voluntariamente, sus deudores alimentarios tienen la posibilidad de demandarle que cumpla a través de la intervención de un juez.

¿En qué momento acaba este derecho?

El artículo 320 del Código Civil Federal decreta las razones que dan fin al deber de otorgar pensión alimenticia. Algunas de éstas cesan el deber temporalmente y otras de forma definitiva. Estas razones son:

  1. Si quien posee el deber de brindar alimentos carece de medios para darlos. No obstante, en el momento en que tiene los medios, tendrá que continuar cumpliendo su deber.
  2. Si el deudor deja de necesitar los alimentos. En el caso de los hijos no necesariamente ocurre esto al alcanzarse la mayoría de edad, sino hasta que poseen una profesión u oficio adecuados. En cuanto a los cónyuges y concubinos, se aplican distintas reglas de acuerdo a las legislaciones de cada estado.
  3. En caso de injuria, falta o daño graves inferidos por el que recibe los alimentos en contra de quien se los entrega. El juez determinará si la falta se estima grave o no.
  4. Cada vez que la necesidad de alimentos dependa de la actitud viciosa o de la poca aplicación al trabajo de quien recibe los alimentos.
  5. Cuando el que recibe alimentos, sin aprobación del que tiene que dar los alimentos, abandona la casa de éste por razones injustificables.

Asesoramos y ayudamos a las empresas para elaborar finiquitos de sus trabajadores, hacemos el cálculo de la suma que le corresponde al trabajador ya sea por renuncia voluntaria o por liquidación, los que abarcan tanto los derechos alcanzados del tiempo que duró la relación obrero-patronal, como las indemnizaciones. Así mismo, con la finalidad de entregarle mayor seguridad a la compañía, propiciamos que el finiquito se lleve a cabo en la Junta de Conciliación y Arbitraje. También asesoramos a las empresas ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde se les asesora para lograr el mejor arreglo con el trabajador, evitando entrar a un juicio laboral.

Entre nuestros servicios también ofrecemos la representación del patrón, una vez que ya se ha presentado una demanda en su contra frente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean Federales o Locales. En la audiencia trifásica de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas se brindan diferentes medidas de las que destacan:

  1. Conciliar con el trabajador con el fin de lograr un arreglo satisfactorio.
  2. Contestar la demanda punto por punto, ofreciendo excepciones que conduzcan a impugnar la acción del trabajador.
  3. Ofrecer todo tipo de pruebas.
  4. Plantear incidentes como el de competencia o el de acumulación.
  5. Desahogar las pruebas ofrecidas, compareciendo a las distintas audiencias en las cuales se realice.
  6. Realización de alegatos.
  7. Interposición de Juicios de Amparo directos o indirectos, en contra de las Resoluciones Interlocutorias y Laudos dictados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
  8. Asesoría en Defensa del Trabajador.

Permita que nuestros abogados lo orienten para hallar la manera de manejar sus problemas. No arriesgue sus derechos por no contar con la asesoría adecuada.




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