Abogados en Zapotitlán Lagunas

Somos una de las firmas de abogados con más experiencia en atención integral a empresas e individuos, especializados en asesorias en derecho civil, contractual, derecho cambiario (letras de cambio, cheques y pagarés). Nuestro corporativo se distingue por un buen manejo del litigio y la atención estrictamente personalizada a cada cliente. Nuestros abogados cuentan con la capacidad para resolver cualquier inconveniente legal que se presente, dandole la seguridad de que los servicios jurídicos que brindamos son llevados a cabo por un equipo de expertos en el área. En un mundo interconectado como en el que vivimos, en ocasiones, tan complejo para el individuo y el empresario, concebimos la práctica de nuestra profesión como un servicio basado en la ética y en la calidad de nuestras oficinas, que va más allá de los límites de México.

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Nuestros abogados manejan lo relacionado a Banca de la empresa, finanzas, grupo de práctica, ello para atender las diversas necesidades de nuestros clientes de servicios financieros, nuestros profesionales cuentan con conocimientos y experiencia en fusiones y adquisiciones, financiamiento, ejecución y cuestiones reglamentarias, seguros, impuestos, planificación corporativa, bienes, bienes inmuebles, quiebra, derecho laboral, defensa de la competencia, y juicios. Al colaborar con los clientes en un gran número de transacciones, tenemos un profundo conocimiento de las tácticas y las cuestiones vinculadas a las fusiones y adquisiciones, incluyendo los asuntos reglamentarios y fiscales. Hemos tratado con clientes de la empresa de distintas organizaciones y de fletamento, completando las conversiones, y el establecimiento de sucursales. Adicionalmente, hemos contribuido a iniciar y ampliar los seguros, agente / distribuidor, la seguridad, y otras labores no bancarias. Contamos con experiencia en asesorar a clientes acerca de qué estructura utilizar para aplicar una expansión, negociación y escritura de documentos, y la elaboración de solicitudes de aprobación.
El derecho laboral se originó con el propósito de respaldar y cuidar a los trabajadores, porque es considerada la parte frágil de la correlación empleado-empleador. Es por esto que la ley laboral en su afán de conseguir un balance le ha establecido a la parte patrona una gran cantidad de obligaciones, encontrándose entre estas la de llevar, mantener y exhibir en juicio ciertos documentos, poniendo en un estado vulnerable al patrón que es demandado y que por confianza, poco interés o desconocimiento no posee los documentos correspondientes. ¿Sabe cuales son los documentos que como Patron debe presentar?

Los documentos que todo empleador debe presentar, y con «todo» supone que esto independiente del tamaño de la empresa, ya que la Ley Federal del Trabajo no realiza distinción alguna al minuto de poner este deber ; son los siguientes:

  • Contrato de trabajo (individual o colectivo): le será útil para acreditar específicamente la fecha de inicio de contrato del trabajador y las condiciones laborales.
  • Listas de nómina o comprobantes de pago de sueldo: Estos han de ser de gran utilidad al acreditar el salario del trabajador y que estos le fueron pagados.
  • Listas de asistencia: servirán para acreditar las faltas de asistencia y los días que laboraba el trabajador.
  • Control de horas de entrada y salida: Es recomendable que en la hoja de asistencia se fijen las horas en la que inicia y en la que culmina la jornada de trabajo, con la finalidad de poder demostrar de cuantas horas consta la jornada de trabajo.
  • Comprobantes de pago vacaciones y prima vacacional: Los cuales ayudarán a demostrar que le fueron remuneradas sus vacaciones y su respectiva prima.
  • Comprobantes de disfrute de vacaciones: Es conveniente conservar un comprobante para demostrar que el empleado disfrutó de su tiempo de vacaciones.
  • Comprobantes de pago de aguinaldo: Los que serán útiles para acreditar que el mismo le fue pagado.

La pregunta obligatoria basada en lo recién mencionado es ¿Qué ocurre si tengo uno o varios empleados y no cuento con esos documentos? La respuesta es simple, por disposición de la ley (protectora del sector obrero ) la autoridad presume que lo que manifieste el empleado en su demanda es cierto, salvo prueba en contrario. Si usted no cuenta con esta información, es momento de que nos contacte y lo ayudamos a corregir estas situaciones de la forma mas simple posible.

Derecho Corporativo

Al hablar de derecho corporativo se deberá pensar en empresas, sociedades, en personas, sin importar del tamaño que estas sean, lo fundamental es que la característica de esta área de nuestros servicios es que se enfoca en quien quiere formar un negocio licito independientemente de cual sea este. Respecto a sociedades, ¿Sabe cuál es la más conveniente? Contáctenos, acá se lo informamos.

¿Conoce la importancia de formar una sociedad? Porque si escoge la sociedad adecuada y se rige según las leyes, su patrimonio personal no tendrá la posibilidad de ser asociado al de su sociedad, es decir que lo protege contra terceros. Por esto lo primero que se tiene que hacer al pensar en iniciar un negocio es analizar si vale la pena el mismo como para producir y crear una Sociedad, ya sea esta Anónima, de Responsabilidad Limitada o Sociedad Civil. Por esto contáctenos para una adecuada asistencia.

Si ya cuenta con una Sociedad hecha o va a formar una sociedad mexicana ¿sabe lo que debe hacer? ¿Sabía que si cuenta con capital extranjero en esta sociedad, está obligado por ley a renunciar a el ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras? ¿Sabe cuales son las consecuencias de no hacerlo frente a este registro? Contáctanos para que lo podamos ayudar de manera adecuada, en donde sea que esté de la republica mexicana o el extranjero, esto no varía, la ley se aplica de igual forma.

De la misma manera le asistimos en la elaboración de actas de asamblea de la sociedad, donde tiene la posibilidad de ver entre otras cosas:

  1. Aprobación de ejercicios sociales anuales.
  2. Aumento o disminución de capital.
  3. Rendición de Cuentas.
  4. Nombramiento, ratificación o cambio de Administrador Único o Consejo de Administración.
  5. Creación de títulos de acciones.
  6. Convenios entre accionistas, los cuales regularizan la participación y el acuerdo entre socios.
  7. Verificamos el cumplimiento de nuestros clientes con las regulaciones y normativas establecidas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento en cuanto a inscripciones y demás procesos que deben llevarse a cabo ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y Secretaria de Economía.
  8. Convenios de Confidencialidad.

Si desea hacer sus preguntas, puede emplear nuestro formulariode contacto para mandar dudas y contarnos su caso.




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